La Justicia ha dado la razón al sector ganadero y anula la ampliación obligatoria del espacio por cerdo. La sentencia confirma lo que ASAJA denunció desde el primer día: no se puede legislar «a golpe de decreto» sin evaluar la ruina que supone para el ganadero. El Tribunal Supremo ha puesto freno a la deriva legislativa del Ministerio de Agricultura con una sentencia que marca un antes y un después para la ganadería intensiva española. La Sala Tercera ha declarado nulo el apartado 4 de la disposición final cuarta del Real Decreto 159/2023, normativa que pretendía endurecer unilateralmente las condiciones de bienestar animal al exigir más superficie libre por cerdo en las granjas.
Este fallo no es solo una victoria jurídica para la empresa recurrente —la ganadera navarra Granja Los Alecos S.L.—, sino un respaldo total a los argumentos que ASAJA y el resto del sector han defendido ante una administración central que parecía sorda a la realidad económica del campo.
El motivo de la anulación: Legislar sin hacer los números. El Alto Tribunal ha sido contundente en su argumentación. La nulidad de la norma se basa en un vicio de procedimiento inaceptable: la insuficiencia de la Memoria de Análisis de Impacto Normativo (MAIN).
Cuando el Gobierno aprobó este decreto en marzo de 2023, aseguró en su memoria económica que la medida tendría un impacto «nulo» o mínimo. Pero el Tribunal Supremo ha calificado esta afirmación de irreal. Los magistrados razonan que exigir una menor densidad de animales (más metros cuadrados por cerdo) tiene una «innegable repercusión económica» que el Ministerio ocultó o ignoró deliberadamente. La lógica es aplastante y desmonta la tesis oficial.
Menos animales o más ladrillo. Para cumplir con las nuevas tablas de densidad, el ganadero solo tenía dos opciones: reducir su cabaña (y por tanto sus ingresos directos), o acometer costosas inversiones para ampliar las naves.
El sector había estimado que la adaptación a estas nuevas normas supondría un coste medio de más de 300 000 euros por explotación, o bien una reducción de la capacidad productiva nacional de entre cuatro y ocho millones de cerdos al año (entre un 7 % y un 16 % de las plazas).
¿Qué implica esta sentencia para el ganadero? La anulación tiene efectos inmediatos y directos sobre la planificación de las granjas:
- Adiós a las nuevas tablas de densidad: Quedan anuladas las exigencias de superficie ampliada que imponía el RD 159/2023 para lechones destetados y cerdos de producción.
- Vuelta a la norma anterior: Al decaer este apartado, la referencia normativa para la densidad en granja vuelve a ser la que establecía el Real Decreto 1135/2002, lo que elimina la obligación de acometer obras urgentes, o de sacrificar rentabilidad reduciendo animales antes de 2025.
- Seguridad jurídica: La sentencia sienta un precedente y da un aviso a navegantes para el Ministerio, porque no se pueden aprobar normativas medioambientales o de bienestar animal (como la futura Ley de Bienestar Animal europea) sin una memoria económica real que cuantifique el daño al productor.
Valoración de ASAJA: «El papel lo aguanta todo, el ganadero no». Desde ASAJA celebramos que el Tribunal Supremo haya puesto «negro sobre blanco» lo que era una evidencia en el campo. Somos los primeros interesados en cuidar nuestro ganado, pero nos oponemos frontalmente a la demagogia legislativa.
Es inadmisible que el Gobierno de España intente vender como inocua una medida que ataca directamente a la línea de flotación de la rentabilidad de nuestras explotaciones profesionales. Esta sentencia nos da oxígeno y tiempo, pero debemos seguir vigilantes.
La administración ha recibido un golpe, pero continúa la presión ideológica sobre la ganadería intensiva. Al menos, a partir de ahora saben que no pueden legislar de espaldas a la calculadora del ganadero sin que la Justicia les pare los pies./


