La Junta de Castilla y León ha convocado para 2026 una nueva línea de ayudas al autoempleo con unn presupuesto total de 10 millones.
La convocatoria está destinada a personas trabajadoras por cuenta propia -incluidas las del sector agrario- que hayan iniciado su actividad entre el 2 de septiembre de 2025 y el 7 de agosto de 2026, ambos inclusive.
El plazo para solicitar las ayudas abarca hasta el final del día 14 de agosto de 2026.

ACCIONES SUBVENCIONABLES
Las ayudas al autoempleo de Castilla y León subvencionan los gastos necesarios para poner en marcha una nueva actividad por cuenta propia, incluyendo inversiones en maquinaria, herramientas, equipamiento, instalaciones, equipos informáticos, vehículos afectos a la actividad, desarrollo web y otros elementos con carácter permanente.
Además, financian servicios de asistencia técnica, estudios de viabilidad y comercialización, así como acciones formativas relacionadas con la gestión empresarial y las nuevas tecnologías. En el caso del sector agrario, estas ayudas contemplan expresamente gastos necesarios para el desarrollo de actividades agrícolas y ganaderas, facilitando la creación de nuevas explotaciones y el relevo generacional en el medio rural.
REQUISITOS DEL SOLICITANTE
- Haberse dado de alta como trabajador autónomo en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente entre el 2 de septiembre de 2025 y el 7 de agosto de 2026, ambos inclusive.
- Estar desempleado e inscrito en el Servicio Público de Empleo como demandante de empleo no ocupado el día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, salvo en el supuesto de las personas emigrantes castellanas y leonesas retornadas, cuyo retorno se haya producido en el mes inmediatamente anterior al alta, que únicamente deberán encontrarse desempleadas en dicha fecha.
- Mantener la actividad por cuenta propia en los términos y durante el período exigido en las bases reguladoras.
- No encontrarse incursas en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria previstas en la normativa de subvenciones.
CUANTÍA DE LAS AYUDAS
- La ayuda por el inicio de una actividad económica por cuenta propia es de 8.000 € para mujeres y de 6.000 € para el resto de personas beneficiarias, pudiendo incrementarse en determinados supuestos previstos en las bases reguladoras.
- Los servicios externos destinados a mejorar el desarrollo de la actividad económica se subvencionan con el 75% del coste, excluido el IVA, hasta un máximo de 2.000 €.
- Los cursos de formación en gestión empresarial y nuevas tecnologías se subvencionan con el 75% del coste, excluido el IVA, con un límite máximo de 2.400 €.
Las subvenciones se concederán de forma directa por orden de presentación de las solicitudes completas hasta el día 14 de agosto de 2026, inclusive, siempre que exista crédito disponible. La convocatoria de este año está dotada con 10 millones de euros.
Para más información acude a tu oficina de ASAJA más cercana o en BOCyL


