El Boletín Oficial de Castilla y León ha publicado en su número del 17 de marzo la cuarta convocatoria de las ayudas para la sustitución de cubiertas de amianto, de interés para numerosas explotaciones agropecuarias de la provincia, que aún conservan los tejados de uralita. El plazo para solicitarlas permanece abierto hasta el lunes 19 de mayo. El importe total de esta convocatoria de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo asciende a tres millones de euros, cantidad superior a la de convocatorias anteriores.
Las ayudas se concederán en régimen de concesión directa, dirigidas a la retirada segura de las cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto, así como su sustitución por cubiertas resistentes y transitables libres de amianto.
Podrán ser beneficiarios las personas físicas, las personas jurídicas privadas, comunidades de bienes y otras entidades carentes de personalidad jurídica legalmente constituidas.
Se consideran gastos subvencionables:
- Los costes de la manipulación, retirada, transporte y gestión del material con amianto que realicen empresas especializadas inscritas en el Registro de Empresas con Riesgo por Amianto (RERA). La cuantía de la subvención será, en este apartado, del 85 % de los gastos subvencionables, con un máximo de diez euros por metro cuadrado y treinta mil euros por centro de trabajo.
- Los costes de instalación de una nueva cubierta transitable en sustitución de una anterior que hubiere sido retirada por contener amianto, siempre y cuando la instalación de la nueva cubierta se solicite de forma conjunta con la retirada de la cubierta que lo contenga. La subvención será del 50 %, con un máximo de cuarenta euros por metro cuadrado ni veinte mil euros por centro de trabajo.
Las obras subvencionables y la totalidad del pago deben efectuarse entre el 3 de septiembre de 2024 y el 15 de agosto de 2025, ambos inclusive.
El plazo máximo para presentar la justificación será de treinta días naturales siguientes a la finalización de la acción.
En caso de haberla ejecutado ya, la documentación justificativa se presentará junto con la solicitud, o no más tarde de veinte días naturales siguientes. Y en ningún caso más tarde del 31 de agosto de 2025./


