Del 2 de mayo al 14 de junio ASAJA-Palencia desarrollará su habitual campaña para asesorar y ayudar a los profesionales del campo de esta provincia para cumplimentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de 2023. Nuestra organización habilita en mayo fechas especiales en las oficinas de la provincia para facilitar a los asociados la tramitación, conforme al calendario adjunto. Para cualquier duda, consultar por teléfono en la asesoría fiscal de ASAJA-Palencia: 979 110630

Como el año pasado, los agricultores y ganaderos deberán aportar las facturas de los gastos de combustible y de fertilizantes correspondientes a ese ejercicio, a fin de beneficiarse de las deducciones por ese concepto.Recordamos que estas deducciones son independientes de la devolución tributaria del gasóleo, que requiere de una solicitud independiente, que también ha empezado a tramitarse ya en nuestras oficinas.

Para cumplimentar la declaración de la renta, deben presentarse la siguiente documentación:

  • facturas de ventas, con desglose de productos
  • facturas que no tengan retención
  • facturas de inversiones y compras de 2023
  • subvenciones e indemnizaciones (para cotejar los datos fiscales) y
  • la justificación de las tierras en renta (en caso de revisión, hay que aportar el contrato o justificante, con DNI, importe y hectáreas, más el justificante del banco si el importe supera los 1.000 €)
  • y los ingresos y gastos de otras actividades económicas de cada contribuyente.

DEDUCCIONES. Para justificar deducciones y reducciones, hay que documentar también los gastos de hipoteca (incluidos los seguros vinculados de vida y hogar), los de cuidados de hijos (con factura y NIF de la guardería) y, en su caso, el documento de familia numerosa, donde consten las fechas de expedición y validez.

En las ganancias y pérdidas patrimoniales, hay que presentar datos y justificantes de venta de valores y acciones (con precios de compra y de venta); de las ventas inmobiliarias (parcelas, locales, viviendas, naves), mediante las escrituras de herencia, compraventa, expropiación…; y de cualquier venta de maquinaria, inversión o derechos del año 2023.

Para justificar los arrendamientos hay que aportar la fecha e importe del contrato, el NIF del arrendatario y los gastos de IBI y agua siempre
que los haya pagado el propietario.

Aquellas personas que hayan visto expropiada alguna tierra deberán facilitar los datos de la expropiación y los de adquisición de las parcelas
objeto de ella./