El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), organismo del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), ha publicado los importes unitarios provisionales de los ecorregímenes para la campaña 2023. Estos importes se comunican a las comunidades autónomas, que podrán realizar el pago del anticipo desde el 16 de octubre al 30 de noviembre, que podrá alcanzar hasta el 70% del pago total. El FEGA establece estos importes con arreglo a los datos de superficies solicitadas por los agricultores y los ganaderos en la PAC.

Una de las principales novedades de la PAC 2023-2027 son los regímenes en favor del clima y el medio ambiente, más conocidos como ecorregímenes, prácticas voluntarias que van más allá de la línea de la condicionalidad reforzada, y que dan derecho a percibir un pago directo anual por hectárea. Dicho pago podrá efectuarse en dos periodos: un anticipo del 70 % del importe total al que tiene derecho cada agricultor o ganadero, que se podrá realizar del 16 de octubre al 30 de noviembre del año de solicitud de la ayuda, y un pago del saldo que se realizaría entre el 1 diciembre y el 30 de junio del año natural siguiente (en este caso, 2024).

Al calcular los importes unitarios provisionales, hay que tener en cuenta que la normativa establece un complemento plurianual del 25 euros por hectárea en las prácticas de siembra directa y de cubiertas vegetales, que debe pagarse íntegramente a los titulares que hayan
contraído ese compromiso de realizar nuevamente estas prácticas en la próxima campaña.

Los importes para el pago de anticipos establecidos por el FEGA son los siguientes para cada uno de los ecorregímenes:

AGRICULTURA DE CARBONO Y AGROECOLOGÍA

  • Pastoreo extensivo, siega y biodiversidad en las superficies de pastos húmedos: para superficies menores o iguales a 65 ha el importe unitario provisional establecido es de 44,72 €/ha. Para superficies mayores de 65 ha, el importe es 43,51 €/ha.
  • Pastoreo extensivo, siega y biodiversidad en las superficies de pastos mediterráneos: para superficies menores o iguales a 95 ha el importe unitario provisional establecido es de 27,19 €/ha. Para superficies mayores de 95 ha, el importe es 27,19 €/ha para la región Peninsular.
  • Rotaciones y siembra directa en tierras de cultivo de secano: para superficies de la región Peninsular menores o iguales a 70 ha sin plurianualidad, el importe unitario provisional establecido es de 47,67 €/ha. Para superficies mayores de 70 ha sin plurianualidad, el importe es 37,05 €/ha. En el caso de existir plurianualidad, los valores establecidos son de 72,67 €/ha y 62,05 €/ha respectivamente.
  • Rotaciones y siembra directa en tierras de cultivo de secano húmedo: para superficies menores o iguales a 30 ha sin plurianualidad, el importe unitario provisional establecido es de 68,64 €/ha. Para superficies mayores de 30 ha sin plurianualidad, el importe es 48,05 €/ha. En el caso de existir plurianualidad, los valores establecidos son de 93,64 €/ha y 73,05 €/ha respectivamente.
  • Rotaciones y siembra directa en tierras de cultivo de regadío: para superficies de la región Peninsular menores o iguales a 25 ha sin plurianualidad, el importe unitario provisional establecido es de 139,36 €/ha. Para superficies mayores de 25 ha sin plurianualidad, el importe es 97,55 €/ha. En el caso de existir plurianualidad, los valores establecidos son de 164,36 €/ha y 122,55 €/ha respectivamente.

AGRICULTURA DE CARBONO

  • Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos en terrenos llanos (pendiende inferior al 5%): para superficies de la región Peninsular menores o iguales a 15 ha sin plurianualidad, el importe unitario provisional establecido es de 61,07 €/ha. Para superficies mayores de 15 ha sin plurianualidad, el importe es 61,07 €/ha. En el caso de existir plurianualidad, los valores establecidos son de 86,07 €/ha y 86,07 €/ha respectivamente.
  • Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos en terrenos de pendiente media (pendiente entre el 5% y el 10%): para superficies de la región Peninsular menores o iguales a 15 ha sin plurianualidad, el importe unitario provisional establecido es de 113,95 €/ha. Para superficies mayores de 15 ha sin plurianualidad, el importe es 113,95 €/ha. En el caso de existir plurianualidad, los valores establecidos son de 138,95 €/ha y 138,95 €/ha respectivamente.
  • Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos en terrenos de elevada pendiente y bancales (pentiende igual o mayor al 10%): para superficies de la región Peninsular menores o iguales a 15 ha sin plurianualidad, el importe unitario provisional establecido es de 157,04 €/ha. Para superficies mayores de 15 ha sin plurianualidad, el importe es 109,93 €/ha. En el caso de existir plurianualidad, los valores establecidos son de 182,04 €/ha y 134,93 €/ha respectivamente.

AGROECOLOGÍA

  • Espacios de biodiversidad en tierras de cultivo y cultivos permanentes: el importe unitario provisional establecido es de 43,8241050 €/ha para los dos tramos.
  • Espacios de biodiversidad en cultivos bajo agua: el importe unitario provisional establecido es de 156,78 €/ha para los dos tramos./