La Consejería de Medio Ambiente ha emitido una resolución en la que se prolonga el estado de «alarma» en lo referente al riesgo de incendios forestales en montes y los 400 metros que los circundan. Previamente han existido resoluciones similares que conllevaron la prohibición total de cosechar y empacar, en el caso de la primera resolución, y parcial en el caso de la segunda resolución cuyo plazo finaliza hoy.

En esta tercera resolución por fin se levanta la prohibición de cosechar y empacar de manera que se pueda recoger el fruto del trabajo de todo un año que ha estado expuesto a riesgos, como el de pedrisco, durante demasiados días. Sin embargo la resolución indica que se prohíbe «el uso en el monte de aperos arrastrados o suspendidos que se introduzcan en el suelo o que eliminen vegetación por roce, golpe o machaqueo, como gradeos, cultivadores o desbrozadoras de cadenas o martillos.»

Estas medidas se han demostrado exageradas. La diversidad de Castilla y León es amplia y se ha metido a todas las zonas en el mismo saco y además se ha jugado con una previsión meteorológica que como su propio nombre indica es una previsión, y no tiene por qué cumplirse. Además, el concepto de monte es demasiado amplio y no se puede considerar a todo este tipo de superficies por igual dada su diferente entidad e importancia. A esto hay que añadir el desconcierto de los agricultores, incapaces de saber si sus parcelas están a menos de 400 metros de monte ya que no es fácil saber qué es monte legalmente y qué no lo es.

Durante estos cinco días -25 al 29 de julio- las restricciones serán las mismas que hay en el resto del período de alto riesgo de incendios forestales, que va del 27 de junio al 30 de septiembre:

A más de 400 metros de monteSin restricciones
Monte y hasta 400 metros de monteProhibido con más de 30ºC y más de 30 km/h de viento