Esta sentencia que crea jurisprudencia frena a Hacienda y protege a los agricultores en módulos.

El Tribunal Supremo dicta que las compensaciones del IVA no cuentan como ingresos. Esta sentencia, que crea jurisprudencia, frena a Hacienda y protege a los agricultores en módulos.

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia clave que pone fin a la estrategia de la Agencia Tributaria de expulsar a agricultores, ganaderos y pescadores del sistema de módulos, por la que se prohíbe que las compensaciones del IVA recibidas por estos profesionales se contabilicen como ingresos.

60.000 EXPLOTACIONES EN CyL

La decisión del Supremo respalda el criterio de ASAJA, que ha defendido que excluir la compensación del IVA del cómputo de ingresos en módulos, protege a cerca de 60.000 explotaciones que tributan en Castilla y León en el Régimen de Estimación Objetiva, y abre la puerta a reclamar las cantidades pagadas en los últimos cuatro años.

La sentencia -fechada el pasado 25 de febrero- contradice el criterio previo del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), que avalaba incluir estos pagos en el cómputo global. Según el Supremo, dicha interpretación “viciaba” las ganancias reales de las explotaciones, forzando de manera artificial la salida de miles de autónomos del régimen simplificado hacia modelos de tributación más costosos y complejos.

RECLAMAR LAS CANTIDADES PAGADAS

Como consecuencia directa de este fallo judicial, los agricultores afectados que fueron expulsados de módulos (estimación objetiva) o que tributaron en exceso bajo el anterior criterio de Hacienda podrán solicitar la rectificación de ingresos indebidos en los ejercicios no prescritos.

En este sentido, ASAJA solicita al Ministerio de Hacienda que habilite de oficio un procedimiento ágil para realizar declaraciones paralelas y rectificar las liquidaciones correspondientes, de modo que los agricultores puedan recuperar las cantidades pagadas de más en los cuatro ejercicios anteriores a 2025, siempre que no hayan prescrito.

REINCLUSIÓN DE LOS EXPULSADOS

Solicitamos desde ASAJA que se incluya a aquellos que en su día fueron expulsados del régimen de módulos, al régimen de estimación directa por haber superado los límites de permanencia de los 250.000 euros y a los cuales les fueron impuestas, en algunos casos, sanciones de cuantías económicas muy elevadas. Además, Hacienda deberá devolver al régimen de módulos a aquellos agricultores y ganaderos que fueron expulsados ilegalmente.

El Tribunal Supremo subraya que el objetivo del sistema de módulos es simplificar las obligaciones fiscales de los pequeños negocios. En su resolución recuerda además que la Ley del IVA ya excluye estas compensaciones, y que las órdenes ministeriales de módulos de 2025 y 2026 han integrado esta interpretación para evitar futuras controversias.