La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural ha convocado las ayudas destinadas al fomento de la cría e inscripción de ejemplares de razas puras de Castilla y León en los libros genealógicos. La Junta destina a estas subvenciones dos millones de euros, ampliables si la disponibilidad presupuestaria de la administración autonómica lo permite. Los ganaderos interesados pueden presentar su solicitud hasta el 28 de agosto. Como es habitual, los técnicos de ASAJA-Palencia están a su disposición para consultas, dudas y trámites de la documentación para optar a estas ayudas.

El objetivo de estas ayudas es conseguir el incremento de los censos ganaderos de las razas autóctonas de Castilla y León, ampliar la distribución geográfica de los efectivos ganaderos de esas razas a nuevas explotaciones e incrementar la mejora genética de la cabaña ganadera.

Pueden optar a las ayudas las personas físicas o jurídicas, así como las comunidades de bienes y las sociedades civiles, que sean titulares de explotaciones ganaderas que se encuentren ubicadas en Castilla y León, dedicadas a la cría de las razas puras de la comunidad y que cumplan los requisitos que especifica la orden de la Consejería:

a) Estar inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias de Castilla y León (REACYL), sección ganadera.

b) Formar parte de la asociación de criadores de raza autóctona pura que tenga asignada la llevanza del libro genealógico de la raza por la autoridad competente y estar al corriente del pago de las cuotas establecidas por cada asociación.

c) Ser explotación colaboradora del programa de mejora y cumplir las obligaciones especificadas en la reglamentación de los libros genealógicos de las razas autóctonas de Castilla y León y con las obligaciones contraídas al ser explotaciones colaboradoras de los programas de mejora aprobados por la autoridad competente.

d) Comunicar a su asociación las incidencias de todos los animales incluidos en el libro genealógico relacionadas con las anotaciones en los registros genealógicos y en el programa de mejora aprobado.

e) Registrar las hembras y machos nacidos en su explotación en el Libro Genealógico de la raza, cumpliendo con las obligaciones que fija su reglamentación.

f) Cumplir la normativa legal en vigor en materia de medio ambiente, higiene, bienestar y sanidad animal e identificación y registro de animales. No haber sido objeto de sanción en firme, con falta grave o muy grave, por incumplimiento de la normativa anteriormente citada, en el año anterior a la fecha de presentación de la solicitud.

Además, los beneficiarios deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la comunidad de Castilla y León, y de pagos a la Seguridad Social.

Se subvenciona la inscripción de ejemplares hembras y machos de las razas puras de Castilla y León en la sección principal del libro genealógico que se haya realizado durante el año 2022 y que cumplan el compromiso de permanencia de cada ejemplar de la explotación, contado a partir del final del plazo de solicitudes. Además, serán subvencionables aquellos ejemplares inscritos en la sección principal del libro genealógico como reproductor por el titular de la explotación donde nació el animal y que posteriormente adquiera otra explotación, siempre que se realice el cambio de titularidad en la sección principal del libro genealógico como reproductor, y no se haya percibido esta ayuda por el animal correspondiente. En este caso, el solicitante de la ayuda será el titular de la explotación adquiriente.

CUANTÍAS Y RAZAS. La cuantía máxima por ejemplar de raza pura de Castilla y León inscrito en el libro genealógico de su raza será de 360 euros por UGM (unidad de ganado mayor) para las variedades o razas siguientes:

Ganado bovino: alistana-sanabresa, avileña-negra ibérica (incluida la variedad bociblanca), mantequera leonesa, monchina, morucha (incluida la variedad negra), parda de montaña, sayaguesa y serrana negra.

Ganado ovino: castellana variedad negra y ojalada.
Ganado caprino: cabra de las mesetas.
Ganado equino: asno zamorano-leonés, caballo losino e hispano-bretón.

Por su parte, en las razas de ganado ovino castellana y churra, la cuantía máxima por ejemplar será de 240 euros por UGM.

Asimismo, en las razas de avicultura subvencionables (gallina castellana negra, indio de León y pardo de León), se conceden 18 euros por cada ejemplar inscrito en el Registro Definitivo o Fundacional.

Las equivalencias de las UGM de los ejemplares incluidos en las solicitudes de ayuda son las siguientes:

  • Ganado vacuno: ejemplar de la sección principal del registro ≥24 meses de edad: 1 UGM.
  • Ganado ovino y ganado caprino: ejemplar de la sección principal del registro ≥12 meses de edad: 0,15 UGM.
  • Ganado equino: ejemplar de la sección principal del registro ≥36 meses de edad: 1 UGM.

La ayuda máxima a percibir por beneficiario resultará de multiplicar estos importes por el número de ejemplares incluidos en la solicitud que cumplan los requisitos, pero en ningún caso sobrepasará los 6.000 euros por titular. Asimismo, tampoco un mismo ejemplar de raza pura podrá percibir más de una ayuda por su inscripción en cada uno de los registros del libro genealógico (definitivo o fundacional) de la raza a la que corresponda durante su vida./