Medidas de protección para las especies cinegéticas, Ayuntamiento de Cistierna, Tratamiento obligatorio contra la varroosis, Incendios forestales de este año 2026, Barómetro mensual del sector del vacuno, Importación de carne desde Brasil

  1. En el BOCYL del 6 de agosto se publica la Orden AGR/743/2026, de 29 de julio, por la que se establecen medidas de protección para las especies cinegéticas. En dicha Orden se establece una segunda modalidad, alternativa, para los cazadores que no quieran utilizar el sistema telemático  de registro de capturas. La supresión del sistema telemático obligatorio era una promesa electoral de partido político VOX que forma parte de la coalición de gobierno.
  1. El Ayuntamiento de Cistierna, gobernado por la Unión del Pueblo Leonés, ha tramitado una modificación puntual de sus normas subsidiarias de planeamiento municipal para endurecer las condiciones bajo las cuales se pueda conceder licencia municipal a plantas de biogás o biometano.
  1. El Director General de la Producción Agrícola y  Ganadera, de la Junta de Castilla y León, ha firmado una Resolución de 13 de agosto por la que establece el periodo de aplicación del tratamiento obligatorio contra la varroosis en las explotaciones apícolas. Dicho periodo ha quedado fijado entre el 1 de agosto y el 31 de diciembre.
  1. Los ganaderos y agricultores que no sean profesionales, y que hayan tenido pérdidas ocasionadas por los grandes incendios forestales de este año 2026, tienen que hacer una declaración responsable de los mismos para poder cobrar las ayudas que pudieran corresponderles, y ello en un plazo ya abierto que finaliza el 18 de septiembre. No tienen que hacer esta declaración, con carácter general,  los profesionales, es decir, los que cotizan a la Seguridad Social. La declaración es necesaria, en todos los casos, si ha habido bajas en colmenas o en animales consecuencia del incendio.
  1. El barómetro mensual del sector del vacuno, publicado por la interprofesional, indicar que el mercado español del vacuno de carne continuó debilitándose en julio de 2026, con descensos generalizados de precios debido a una demanda interna floja, elevados stocks en mataderos y una menor actividad comercial propia del verano. Los machos cruzados fueron la categoría más afectada, mientras que las exportaciones de ganado vivo y carne aliviaron muy poco el mercado. Además, la rentabilidad de los cebaderos se redujo por la caída de las cotizaciones y el encarecimiento de los cereales y materias primas para alimentación animal.
  1. La Comisión Europea podría prohibir a partir del 3 de septiembre la importación de carne desde Brasil, fijada en los a cuerdos de Mercosur, debido a que este país no puede demostrar que estén cumpliendo con la normativa sobre productos antimicrobianos que exige la  Unión Europea, a lo largo de toda la vida de los animales de los que proceden los productos terminados. Los sectores a los que se está mirando con mayor detenimiento son el de la carne de vacuno y el de la carne de aves de corral. De Brasil procede el 25% de toda la carne de vacuno que importa la Unión Europea.