La Audiencia Provincial de León a dictado un Auto por el que ratifica en todos los extremos el dictado en su día por el Juzgado de Instrucción número 1 de León según el cual se hacía un sobreseimiento provisional de las diligencias penales seguidas contra el secretario general de ASAJA de León, José Antonio Turrado, a raíz de la denuncia de Azucarera Ebro contra éste acusándole de sendos delitos de injurias y calumnias.


LA AUDIENCIA EXCULPA A JOSE ANTONIO TURRADO DE LOS DELITOS DE INJURIAS Y CALUMNIAS CONTRA AZUCARERA EBRO

La Audiencia Provincial de León a dictado un Auto por el que ratifica en todos los extremos el dictado en su día por el Juzgado de Instrucción número 1 de León según el cual se hacía un sobreseimiento provisional de las diligencias penales seguidas contra el secretario general de ASAJA de León, José Antonio Turrado, a raíz de la denuncia de Azucarera Ebro contra éste acusándole de sendos delitos de injurias y calumnias. Los hechos se remontan al contenido de dos comunicados de prensa de los días 27 y 28 de junio del pasado año.

Respecto al delito de calumnias, la Audiencia considera que «de lo publicado por el querellado, atendiendo al contexto en el que se pronuncian las expresiones proferidas y dada la generalización o vaguedad de las presuntas imputaciones delictivas, hay que deducir que tales manifestaciones no se refieren a hechos precisos tipificables como delitos concretos, faltando por ello el elemento objetivo necesario para la existencia del delito de calumnia, ya que no bastan las atribuciones genéricas, vagas o analógicas para la existencia del mismo, teniendo en cuenta, además, que dichas manifestaciones quedarían mas bien encuadradas en el ámbito de la crítica sindical».

Respecto al delito de injurias, el ponente de la Sala, Ilmo. Sr. Rodríguez Quirós, indica que «no existe o al menos no parece claro el ánimo de injurias, ya que al tratarse de manifestaciones realizadas por el dirigente sindical, dicho ánimo queda desvirtuado por el deseo de informar o defender los intereses de los agricultores o cultivadores de remolacha y entran dentro del derecho a la libertar de expresión por lo que las expresiones o frases proferidas pueden suponer cierta ligereza en quien las hizo o resultar inadecuadas o impropias pero ello sólo merece un reproche ético-social y la posible consecuencia de asumir responsabilidades en la esfera civil al margen de todo reproche penal».

La organización agraria ASAJA ha recibido con satisfacción este Auto, que viene a demostrar que Azucarera Ebro había desvirtuado los acontecimientos recurriendo a la vía judicial para solventar discrepancias que se enmarcaban en el ámbito de las relaciones interprofesionales. Unas relaciones interprofesionales que hace un año pasaban por uno de los peores momentos al decidir dicha empresa cerrar el centro de recepción de remolacha de Veguellina de Orbigo.

León, 23 de junio de 2003.