AYUDAS DEL ESTADO AL VACUNO DE LECHE

El martes 29 de septiembre se publicó en el BOE el Real Decreto 849/2015 por el que se establecen las normas reguladoras para la concesión directa de ayudas “de mínimis” destinadas a compensar las dificultades económicas en el sector lácteo.

AYUDAS DEL ESTADO AL VACUNO DE LECHE

El martes 29 de septiembre se publicó en el BOE el Real Decreto 849/2015 por el que se establecen las normas reguladoras para la concesión directa de ayudas “de mínimis” destinadas a compensar las dificultades económicas en el sector lácteo. Van dirigidas a titulares de ganaderías de vacuno de leche que hayan efectuado entregas a compradores en los meses de abril, mayo, junio y julio, y que en la facturación, no hayan alcanzado unos umbrales de precios que va a determinar el Magrama, y que al día de hoy no se conocen. El ministerio va a establecer dos umbrales, y por debajo del más bajo de ellos, se aprobará una ayuda de 300 euros por vaca,  mientras que por debajo del umbral más alto que establezca, la ayuda será de 110 eros por vaca. Ninguna explotación cobrará más de 10.000 euros por este concepto. Los animales que se tienen en cuenta para efectuar estos pagos, son los que consten en el registro oficial a fecha 30 de septiembre. Estas ayudas las concede el ministerio con los datos que obran en su poder, por lo tanto no es necesario solicitarlas y no hay un plazo para hacerlo.  Habrá una propuesta de resolución que se publicará en la web del ministerio, a la cual el interesado podrá presentar alegaciones y comunicar el número de cuenta en el que quiere que se le abone el importe.

Real Decreto 849/2015, de 28 de septiembre, por el que se establecen las normas reguladoras para la concesión directa de ayudas "de minimis" destinadas a compensar las dificultades económicas en el sector lácteo.

ASAJA León, 29 septiembre de 2015.