CADÁVERES DE ANIMALES PARA ESPECIES NECRÓFAGAS

CADÁVERES DE ANIMALES PARA ESPECIES NECRÓFAGAS

La Dirección General de Medio Natural de la consejería de Fomento y Medio Ambiente, ha dictado una resolución por la que se habilita un periodo extraordinario de solicitud para el uso de cadáveres de explotaciones ganaderas para la alimentación de especies necrófagas. Los ganaderos acogidos a esta medida pueden dejar los cadáveres de animales en el monte, en los lugares indicados para ello, y pueden prescindir del seguro de recogida de cadáveres en las explotaciones. Con carácter extraordinario, el periodo de solicitud que cada año es entre el 1 y 31 de enero, se amplía hasta el 31 de diciembre de 2016. Para acogerse hay que tener la explotación saneada, se excluyen las explotaciones intensivas, así como los bovinos de más de 48 meses de edad. El ganadero ha de llevar un libro de registro que se entregará cada año en Medio Ambiente.