Hacienda aclara la tributación por IVA en las transferencias de derechos de la PAC

La Dirección General de Tributos del ministerio de Hacienda ha emitido un informe en el que aclara en qué situaciones las transferencias de derechos de la PAC entre agricultores están sujetas al IVA.

Hacienda aclara la tributación por IVA en las transferencias de derechos de la PAC

La Dirección General de Tributos del ministerio de Hacienda ha emitido un informe en el que aclara en qué situaciones las transferencias de derechos de la PAC entre agricultores están sujetas al IVA. Establece claramente que la transmisión de derechos de pago único o pago base entre particulares, tanto en arrendamiento como de forma definitiva, si se hace sin tierras, sin que acompañe una unidad de cultivo a cada derecho transferido, es una operación sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido, cotizando al tipo general del 21 por ciento. Se aclara también que no es aplicable a la transmisión o cesión de derechos el régimen especial de agricultura, ganadería y pesca,  por lo que se deberá de aplicar el régimen general del impuesto.

En los casos en los que el arrendamiento o la venta de los derechos de pago único o pago base vaya acompañado de un número equivalente de hectáreas admisibles, se entiende que el arrendamiento o venta de la tierra es la actividad principal, y que el arrendamiento o venta de los derechos es actividad accesoria, por lo que la operación no está sujeta al IVA y sí al Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales que grava los arrendamientos rústicos.

El informe aclara que la exención del IVA respecto al arrendamiento de una finca rústica, solamente opera respecto al terreno y las construcciones inmobiliarias de carácter agrario necesarias para la explotación de la finca. Si se arriendan otros elementos necesarios para el desarrollo de la explotación, como elementos de riego o maquinaria agrícola, ya no es aplicable la exención, pues lo que subyace es el arrendamiento de un negocio, constituyendo operación sujeta y no exenta del impuesto.

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