ASAJA recuerda a los agricultores y ganaderos que, dado que desarrollan una actividad empresarial, no pueden pagar en metálico a sus empleados o proveedores de bienes y servicios, importes iguales o superiores a los 1.000 euros. La Agencia Tributaria sanciona con el 25% de la cuantía pagada en efectivo en operaciones de importe igual o superior a los 1.000 euros. ASAJA aconseja a los agricultores y ganaderos a hacer todos los pagos por procedimientos bancarios, como tarjetas o transferencia, haciendo especial referencia al arrendamiento de tierras.
ASAJA. León 19 de febrero de 2025


