El Boletín Oficial de Castilla y León (BOCYL) ha publicado este 24 de febrero la Orden AGR/154/2026, por la que se aprueba la concesión directa de nuevas ayudas a 483 titulares de explotaciones ganaderas de bovino afectadas por la Enfermedad Hemorrágica Epizoótica (EHE) en la Comunidad.
La cuantía total de esta nueva línea asciende a 836.750 euros, con cargo a los Presupuestos Generales de Castilla y León para 2026, prorrogados del ejercicio anterior
Revisión de datos y ampliación de beneficiarios
–385 explotaciones ya habían sido beneficiarias en anteriores resoluciones, si bien la valoración definitiva de los daños sufridos es superior al importe inicialmente concedido.
–98 explotaciones no figuraban en los acuerdos previos y se incorporan ahora como nuevos beneficiarios.
Compensación por gastos y muerte de animales
La finalidad de estas ayudas es compensar las pérdidas sufridas por los titulares de explotaciones de vacuno como consecuencia de la EHE, tanto por los costes de limpieza, desinfección y desinsectación, como por la muerte de ganado bovino registrada entre el 1 de agosto y el 31 de diciembre de 2023.
¿Cómo se calcula la ayuda?
Ayuda por limpieza, desinfección y desinsectación
Las explotaciones que hayan declarado la enfermedad y no hayan recibido ayuda por este concepto percibirán una cantidad fija en función del número de animales inscritos en el REGA en 2023:
- Hasta 50 animales: 500 euros por explotación
- Entre 51 y 100 animales: 750 euros
- Más de 100 animales: 1.000 euros
Ayuda por muerte de animales
Además, las explotaciones que hayan declarado la enfermedad y tengan animales muertos registrados en la base de datos oficial (IRMA) entre el 1 de agosto y el 31 de diciembre de 2023 podrán recibir una compensación adicional.
Quedan excluidos los animales que ya fueron indemnizados en las órdenes anteriores de 2023 y 2024.
Para calcular esta ayuda se ha tomado como referencia el precio medio en origen del ganado bovino en Castilla y León, estimándose una compensación de 500 euros por animal muerto, cantidad que no supera el precio medio registrado en esos meses.
Compatibilidad con otras ayudas
Esta subvención es compatible con otras ayudas que puedan haberse concedido por el mismo motivo. No obstante, el total recibido no podrá superar el coste real de los daños. Si así fuera, el beneficiario deberá reintegrar el exceso.
Además, los titulares deberán declarar todas las ayudas percibidas para el mismo fin.
¿Cómo se tramita y cuándo se paga?
No es necesario presentar justificación adicional, ya que la Consejería ha utilizado los datos oficiales de sus registros.
Una vez publicada la orden en el BOCYL:
- Si el beneficiario no rechaza expresamente la ayuda en el plazo de 10 días, se entenderá aceptada.
- La Administración comprobará de oficio que el titular está al corriente con Hacienda y la Seguridad Social (salvo que se oponga expresamente).
- Superada esa comprobación, la ayuda se abonará en un único pago por beneficiario.
Consulta el listado aquí:

