Las solicitudes se podrán formalizar hasta el 14 de agosto de 2026 y la concesión será por orden de entrada
¿Quién puede beneficiarse?
Podrán acceder a estas ayudas las personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo no ocupadas que se den de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en la mutualidad correspondiente de su colegio profesional para iniciar una actividad económica en Castilla y León entre el 2 de septiembre de 2025 y el 7 de agosto de 2026.
Quedan excluidos, entre otros colectivos:
- Socios de sociedades mercantiles.
- Socios trabajadores de cooperativas y otras entidades de economía social.
- Autónomos que hayan desarrollado la misma actividad o una similar durante los seis meses anteriores.
- Autónomos colaboradores
¿Quién puede beneficiarse?
Las personas beneficiarias deberán mantener el alta como autónomos y la actividad económica durante al menos dos años de forma ininterrumpida. Asimismo, el centro de trabajo deberá estar ubicado en Castilla y León.
Gastos mínimos para acceder a la ayuda
Para poder optar a la subvención será necesario acreditar una inversión mínima de 2.000 euros (sin IVA) vinculada al inicio de la actividad.
Entre los gastos que podrán computarse se encuentran:
- Compra de maquinaria, herramientas y equipamiento.
- Mobiliario.
- Equipos informáticos.
- Desarrollo de páginas web o comercio electrónico.
- Compra de vehículos afectos a la actividad.
- Canon de franquicia.
- Gastos de acondicionamiento de locales.
- Inversiones necesarias para actividades agrícolas y ganaderas con vocación de permanencia.
Los gastos deberán haberse realizado entre los tres meses anteriores y los tres meses posteriores al alta como autónomo, ampliándose a seis meses anteriores en el caso de bienes inmuebles.
Gastos mínimos para acceder a la ayuda
La subvención para el inicio de una actividad por cuenta propia será de:
–8.000 euros para mujeres emprendedoras.
–9.500 euros para mujeres que además pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:
Mujeres menores de 30 años
Mayores de 45 años.
Desempleadas de larga duración.
Procedentes de un ERE.
Con discapacidad igual o superior al 33%.
Víctimas de violencia de género.
En riesgo de exclusión social.
Inmigrantes, emigrantes castellanas y leonesas retornadas, refugiadas o beneficiarias de asilo.
–6.000 euros para el resto de personas beneficiarias.
Plazo de presentación
El plazo de presentación de las solicitudes será hasta el 14 de agosto de 2026 y la concesión será por orden de entrada.
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