La OPA trabaja para la modificación de la Ley de Montes

 24 de enero de 2021| La entidad ASAJA Salamanca se congratula de que la Junta de Castilla y León haya dado luz verde al levantamiento del acotado de pastos debido al incendio que se originó en San Felices de los Gallegos el pasado mes de agosto. Gracias al arduo trabajo que esta organización agraria ha elaborado en ámbito provincial y autonómico se ha conseguido uno de los objetivos más inmediatos por los que ha luchado esta OPA.

Desde hace meses, ASAJA ha puesto en conocimiento el malestar que tenían agricultores y ganaderos por no poder dejar que sus animales pastoreen en la zona y el posible peligro por anomalías en las tramitaciones de la PAC. Gracias a todos los agentes implicados y la presión constante de ASAJA, los profesionales del campo respiran, ahora, mas aliviados.

Sin embargo, y tras ser esta situación, la de los incendios, lamentablemente asidua en época estival, la OPA tanto en ámbito provincial como regional sigue presionando y trabajando para poder conseguir la modificación del artículo 92 de la Ley de Montes, que marca la acotación de pastos en zonas calcinadas. Aprovechando la creación de las nuevas Cortes en Castilla y León tras las elecciones, ASAJA demanda que se cambie citado artículo, ya que éste es un problema recurrente.


Incendio 17 de agosto de 2021

El incendio forestal iniciado el 17 de agosto de 2021 en término municipal de San Felices de los Gallegos que llegó a consumir más de 1.700 hectáreas dio lugar a la declaración de zona catastrófica por parte del Gobierno de España y a una intensa actividad de la Junta de Castilla y León y de otras administraciones públicas para combatir primero el propio incendio, y después sus impactos. Además de la superficie arbolada quemada, mayoritariamente formada por zonas con matorral y monte bajo de encina y quejigo, parte de la zona afectada es un área ganadera consolidada, en que la alimentación de los ganados y la mera pervivencia de la actividad económica en el territorio, clave para evitar la despoblación, se tornan factores críticos. La gravedad de este siniestro hace recomendable el levantamiento del acotamiento ganadero.

Levantamiento de acotado de pastoreo

Una de las cuestiones relevantes era cómo afrontar el acotado al pastoreo de los terrenos quemados, una medida prevista tanto en la ley de montes estatal como en la autonómica, que resulta esencial para la recuperación de los ecosistemas dañados con el fuego. No obstante, estas mismas leyes prevén también la posibilidad de canalizar situaciones excepcionales mediante un análisis pormenorizado que conlleve el levantamiento parcial de la suspensión. En este caso, la gravedad de la situación y la declaración de zona catastrófica en ámbito nacional y la generalizada afección de explotaciones ganaderas ha llevado a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente a un análisis detallado de la casuística de la capacidad de recuperación de la vegetación. Se ha comprobado en estos meses que el rebrote de la vegetación herbácea y arbustiva está siendo adecuado, y se han abordado ya trabajos de control de la erosión en las zonas más críticas.

Se ha comprobado en estos meses que el rebrote de la vegetación herbácea y arbustiva está siendo adecuado

A resultas de ello se ha procedido a levantar el acotamiento en todas las zonas que estuvieran cubiertas de pastizales desarbolados con anterioridad al incendio de San Felices de los Gallegos, salvo en aquellas zonas incluidas en las áreas críticas de cigüeña negra y águila perdicera -que coinciden con el territorio de mayor pendiente en las inmediaciones del río Águeda, donde el terreno cae abruptamente, como es característico en los Arribes del Duero-, mediante una resolución del Servicio Territorial de Medio Ambiente de esta provincia y conforme a los criterios excepcionales establecidos por parte de la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal para este tipo de situaciones, como es el caso de este incendio.

El levantamiento de los acotados se revisará anualmente y podrá ser modificado si fuese necesario como consecuencia del seguimiento efectuado. Asimismo, si en algún momento del año dicho seguimiento se pusiera de manifiesto que en alguna zona en que el acotado se haya levantado se están produciendo fenómenos erosivos significativos o daños en la regeneración del arbolado, la resolución de levantamiento podrá revocarse para tales áreas.

Aprovechamiento desde el 1 de marzo hasta el 1 de julio

En estas zonas el ganado podrá aprovechar el pasto de primavera desde el 1 de marzo hasta el 1 de julio y podrá volver a entrar posteriormente para aprovechar el pasto otoñal, una vez rebrotado. En todo caso se podrán variar las condiciones establecidas si en el trascurso del aprovechamiento se observan circunstancias que puedan afectar gravemente a la recuperación del arbolado, así como modificar las fechas indicadas ampliando o reduciendo el periodo en función de la fenología real de los pastizales, de forma que se garantice que haya pasto suficiente y se evite el daño a la regeneración del arbolado con el pasto agostado.