Salamanca acoge la segunda jornada de las tres previstas sobre sistemas fotovoltaicos

La mañana del 14 de octubre en ASAJA Salamanca, desde las 12:30 hasta las dos de la tarde, se ha celebrado una de las tres jornadas previstas por la provincia (la primera ya fue en Vitigudino el día 5, y  otra está prevista para el 19 en Ciudad Rodrigo). Dichas charlas versan sobre los aspectos legales a tener en cuanta cuando se ofrece a los profesionales del campo contratos para la implantación de sistemas fotovoltaicos en las fincas.

A la reunión, asistieron una veintena de interesados a quienes el abogado de la OPA, Rafael Riba, ha explicado los entresijos de los distintos contratos y el papel que cada uno se juega en este tipo de relaciones. Además, ha enmarcado la temática, tras el agradecimiento del presidente, Juan Luis Delgado por la celebración de la charla presencial, en el rumbo que pretende dar Europa a la captación de energía para ‘descarbonizar’ y siguiendo un modelo energético hacia la atracción de inversiones a energías renovables. «Tras una importantísima inversión, el objeto final es la reducción de costes, que tan necesaria es debido al aumento de insumos para agricultores y ganaderos». Sin embargo, «de no cumplir con las expectativas europeas, se dependería de terceros países para el suministro, mediante petróleo etc.», aseguraron en la charla.

«La Unión Europea ha adoptado una hoja de ruta hacia un cambio en el modelo energético basado en las energías renovables. La energía fotovoltaica está en primera línea de la renovación energética y estamos sólo ante la punta del iceberg de esta revolución tecnológica que se propone vaya de la mano de desarrollo económico más competitivo», aseguró Riba, quien añadió que «si -y sólo si- la normativa proporciona la seguridad jurídica necesaria para que cuaje la inversión extranjera».

Las retribuciones que las empresas fotovoltaicas abonan por la cesión de terrenos, que están muy por encima de la renta agraria, suponen una atracción para los propietarios de fincas rústicas, por lo que es preciso estar muy atento al contenido de los contratos para saber el terreno que se pisa en cada momento, sobre todo porque los efectos de aquellos derivan de su modulación «que consiste en un período de carencia, la concesión de un derecho de opción o la inclusión de una condición suspensiva».

Asimismo, «esa renta a priori tan atractiva se ve afectada por factores que es preciso tener en cuenta al principio del contrato (precio de mercado según la eficiencia de la planta, gastos o impuestos, entre otros). Existen gran cantidad de elementos que afectan a las obligaciones y derechos de cada una de las partes en el contrato, entre los cuales, son de destacar todos aquellos que puedan implicar cualquier tipo de responsabilidad para el propietario, los efectos a terceros, como propietarios de fincas colindantes, la constitución de nuevas servidumbres, la constitución de avales en garantía del cumplimiento de las obligaciones dela empresa, de la obligación de desmantelamiento de la planta al término del contrato o la posibilidad de expropiación de todo el terreno por precios irrisorios en comparación con la renta pactada en el contrato».