• Hasta 7.000 euros para agricultores individuales, hasta 50.000 euros para pymes

  • Pagos antes del 30 de junio de 2021, aprobación de solicitudes antes del fin de 2020

  • La cuantía de las ayudas podrá ascender al 2% de la asignación nacional del FEADER

El Parlamento Europeo (PE) incrementó las ayudas de emergencia que los países pueden dar a los agricultores y pymes agrícolas del Fondo para el desarrollo rural.

Esta medida de emergencia, respaldada con 636 votos a favor, 21 en contra y ocho abstenciones, permitirá a los países utilizar dinero sobrante de los programas de desarrollo rural (FEADER) para conceder ayudas directas a los productores y pequeñas explotaciones más afectados por la crisis del COVID-19.

Esta liquidez adicional debería ayudar a los productores y pymes del sector, que se han visto particularmente afectados por la pandemia, a mantenerse a flote.

Más dinero y tiempo para desembolsarlo

La ayuda a los agricultores podrá elevarse a 7.000 euros, 2.000 más de lo que proponía la CE. El máximo para pymes agroalimentarias se mantiene en 50.000 euros, en línea con la propuesta de la Comisión.

Los eurodiputados también incrementaron, del 1 % propuesto por la Comisión al 2 %, el porcentaje de fondos de los programas nacionales para desarrollo rural que cada país podrá utilizar para facilitar esta liquidez de emergencia.

Asimismo, el PE decidió dar más tiempo a las autoridades nacionales para liberar las ayudas. El plazo para efectuar los pagos se alargará hasta el 30 de junio de 2021 (seis meses más que la propuesta de la Comisión), pero las solicitudes tendrán que aprobarse antes de que acabe este año.

Aprobado

El Consejo ha adoptado el reglamento que permite a los Estados miembros, como medida excepcional, pagar hasta 7.000 euros a los agricultores y hasta 50.000 euros a las pequeñas y medianas empresas (PYMES) que se dedican a la transformación, la comercialización o el desarrollo de productos agrícolas o de algodón, excepto los productos pesqueros.

El objetivo es utilizar los fondos disponibles en el marco de los programas de desarrollo rural existentes para prestar apoyo a los agricultores y a las PYMES más afectadas por la crisis de COVID-19 y para hacer frente a los problemas de liquidez y de flujo de caja derivados del cierre de tiendas, mercados y restaurantes.

Éste era el trámite que faltaba previo a la publicación en el DOUE y su inmediata entrada en vigor.

A partir de ahí, las comunidades autónomas que quieran implementar esta medida deberán realizar la correspondiente modificación de su PDR, establecer las bases reguladoras y poner a disposición de la medida la correspondiente cofinanciación.