El pasado viernes, 13 de marzo de 2026, se publicó en el Boletín Oficial de Castilla y León el extracto de la Orden de 9 de marzo de 2026, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se convocan las ayudas para la realización de actuaciones silvopastorales, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (PEPAC) de España 2023-2027, para el año 2026.
En esta entrada, como hemos hecho en otras ocasiones, queremos comentar las principales características de estas ayudas, respondiendo a las preguntas que nuestros clientes suelen hacernos en este tipo de convocatorias.
¿Qué persiguen estas ayudas?
Las ayudas persiguen, por un lado, la redacción de un documento de planificación silvopastoral y, por otro, la realización de las actuaciones y mejoras asociadas a una explotación ganadera, recogidas en el documento de planificación silvopastoral, durante un período de 5 años. Con esto, la Junta de Castilla y León busca apoyar el desarrollo sostenible de las zonas rurales, contribuyendo a la adaptación y mitigación del cambio climático, promoviendo la gestión eficiente de recursos naturales (agua, suelo, aire) y conservando la biodiversidad, hábitats y paisajes.
¿Quién puede ser beneficiario?
Las personas y entidades que pueden solicitar la ayuda son las relacionadas en el Artículo 6.1 de las bases reguladoras:
- Personas físicas o jurídicas, ya sean públicas o privadas, que sean titulares de explotaciones ganaderas con aprovechamiento de pastos.
- Agrupaciones de varios titulares de explotaciones ganaderas (sin necesidad de constituir una personalidad jurídica).
- Entidades sin personalidad jurídica que puedan llevar a cabo las actuaciones previstas.
¿Qué terrenos pueden acogerse a las ayudas?
Pueden ser beneficiarios los titulares de explotaciones ganaderas comentadas anteriormente que cumplan las siguientes condiciones:
- Los terrenos que estén ubicados en Castilla y León, dentro de la misma provincia y/o municipios colindantes.
- Los terrenos identificados en el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SGIPAC) con alguno de los siguientes usos:
- Forestal (FO)
- Pastizal (PS)
- Pasto arbustivo (PR)
- Pasto con arbolado (PA)
- Matorral (MT)
- Improductivo (IM)
Un aspecto importante, en cuanto a los terrenos que forman parte de las explotaciones ganaderas, es que la disponibilidad de los terrenos tiene que ser de 5 años, coincidente con la duración del plan silvopastoral.
¿Qué terrenos no pueden acogerse a las ayudas?
No son susceptibles de recibir ayudas:
- Aquellos terrenos con una Fracción de Cabida Cubierta superior al 50% (excepto los montes bajos de encina y/o roble, por ejemplo, donde pueden realizarse resalveos).
- Los terrenos que se encuentren dentro de la superficie mínima a desbrozar con una Fracción de Cabida Cubierta de matorral inferior al 50%.
- Los terrenos que cuenten con una superficie de actuación continúa menor de una hectárea.
- Los terrenos que estén sujetos a contratos suscritos con las Administraciones Públicas en los que se contemplen trabajos iguales a los subvencionados.
- Los terrenos que se encuentren en proceso de concentración parcelaria y no tengan Acuerdo de Concentración Parcelaria firme.
¿Cuál es la superficie mínima de actuación?
La superficie mínima de actuación durante los 5 años de duración del plan silvopastoral, es de 10 hectáreas (un único titular) o 15 hectáreas (agrupaciones y/o entidades locales).
¿Qué tipo de trabajos subvencionan?
Se financian las siguientes actuaciones:
- Elaboración del Plan Silvopastoral
- Desbroces (manuales y mecanizados)
- Resalveos de quercíneas (de latizal alto o bajo, monte bravo, etc.)
- Infraestructuras ganaderas: instalación y/o reparación de cerramientos, mangas ganaderas, puntos de agua, pasos canadienses, protectores de arbolado.
- Implantación y mejora de pastizales
¿Cuáles son los criterios de valoración?
Las solicitudes se seleccionan en régimen de concurrencia competitiva, por lo que la puntuación es clave. Para ser seleccionado hay que obtener una puntuación mínima igual o superior a 5 puntos y puntuar en al menos tres de los siguientes criterios:
- CS1.- Edad del solicitante, priorizando aquellas solicitudes presentadas por los ganaderos más jóvenes (máximo 8 puntos).
- CS2.- Razas autóctonas en la cabaña ganadera, aquellas explotaciones ganaderas que cuenten con un mayor número de cabezas de ganado de raza autóctona obtendrán más puntuación (máximo 4 puntos).
- CS3.- Ubicación en relación al lobo, es decir, aquellas explotaciones localizadas en municipios declarados oficialmente con alta densidad de población de lobo o mayores incidencias por ataques de lobo, contarán con una mayor puntuación (máximo 4 puntos).
- CS4.- Solicitantes no beneficiarios de ayudas para actuaciones silvopastorales en la convocatoria anterior (máximo 4 puntos).
- CS5.- Áreas de peligro de incendios forestales, tendrán una mayor puntuación las explotaciones ubicadas en áreas con mayor peligro de incendios forestales (máximo 4 puntos).
- CS6.-Ganadería Ecológica, podrán beneficiarse de este criterio las explotaciones que, estén registradas en el Consejo de Agricultura Ecológica de Castilla y León (CAECYL) (máximo 3 puntos).
- CS7.- Asociación de propietarios forestales, ser miembro de una entidad de propietarios forestales (máximo 3 puntos).
CS8.- Ubicación de los terrenos, hace referencia a la localización de los terrenos de la explotación en Espacios Naturales Protegidos o Red Natura 2000 (máximo 3 puntos). - CS9.- Tipo de ganado, tendrán prioridad aquellas solicitudes de explotaciones ganaderas con una mayor proporción de ganado ovino y/o caprino (máximo 2 puntos).
- CS10.- Integración de las personas con discapacidad (máximo 1 punto).
¿Cuáles son los importes qué subvencionan?
El importe total de la ayudas por beneficiario está entre 9.600 y 60.000 euros repartidos durante los 5 años de duración del plan silvopastoral, equivalentes a 1.920 y 12.000 euros cada anualidad. Los importes unitarios para los trabajos se basan en un sistema de módulos o costes estándar detallados en el Anexo I de las bases reguladoras, variando según el tipo de actuación, intensidad y limitaciones de ejecución.
El importe de cada solicitud se establece en función de la superficie a desbrozar, de tal manera, que el presupuesto finalmente aprobado se calcula multiplicando la superficie a desbrozar por 960, siendo esta superficie la que te comprometes, como mínimo, a desbrozar durante la duración del plan silvopastoral.
En función de este aspecto se establece la superficie mínima comentada anteriormente, es decir, 10 hectáreas para un único titular, y la superficie máxima que puede solicitarse, en concreto, 62,5 hectáreas.
¿Hasta cuándo se pueden presentar las solicitudes?
El plazo de presentación de solicitudes para esta convocatoria finaliza el 30 de abril de 2026 (incluido).
En definitiva…
Estas subvenciones son interesantes para las explotaciones ganaderas de la región porque financian la planificación y ejecución de mejoras en sus explotaciones para hacerlas más sostenibles, compatibles y, en definitiva, más rentables. Los fondos cubren actuaciones como la realización de desbroces y/o resalveos, la creación de infraestructuras (vallados, puntos de agua, mangas, etc.) o la mejora de pastizales, lo que permite optimizar el aprovechamiento de pastos, prevenir incendios y proteger el ganado de depredadores (lobos), al tiempo que se obtienen beneficios económicos directos y se contribuye a objetivos medioambientales y de biodiversidad.
Si tu explotación forestal cumple con las condiciones que hemos expuesto, esta convocatoria es el punto de partida que necesitas para realizar trabajos selvícolas en tú monte. Los 35.000.000 € de presupuesto con los que se ha iniciado esta convocatoria, desde nuestro punto de vista, permite ser optimistas de cara a que seas beneficiario.
¡Que no se te pase el plazo!
Ponte en contacto con ASAJA Salamanca y visita la web de ID Forestal para más información: https://www.idforestal.es/ayudas-para-actuaciones-silvopastorales-convocatoria-2026/

