Las solicitudes se podrán presentar hasta el 30 y 31 de diciembre, respectivamente

La Diputación de Salamanca abre dos tipos de ayudas, hasta el 30 y el 31 de diciembre de 2020, por las que pretende fomentar el autoempleo y el empleo en empresas.

Subvenciones dirigidas al autoempleo (anualidad 2020-2021)

Con carácter general estas subvenciones van dirigidas a la promoción y apoyo a los emprendedores que desarrollen o vayan a desarrollar un proyecto empresarial en municipios de la provincia de Salamanca de menos de 20.000 habitantes, para atender a los gastos corrientes asociados al funcionamiento de la actividad económica que, de manera indubitada, estén relacionados con la actividad subvencionada, y con el compromiso de mantener dicha actividad durante un período de 12 meses ininterrumpidos.

Hasta el día 30 de diciembre de 2020

¿Quiénes pueden aceptar la subvención?

Todas las personas físicas que hayan iniciado o vayan a iniciar -como titulares o cotitulares- un proyecto empresarial que permitan desarrollar una actividad económica a través de cualquier forma admitida en derecho en el período comprendido entre 5 de octubre de 2019 y el 31 de diciembre de 2020, inclusive.

¿Qué requisitos deben cumplir?

  • Estar empadronado en alguno de los municipios de la provincia de Salamanca de menos de 20.000 habitantes a fecha de presentación de solicitudes y dentro del periodo subvencionable.
  • No haber estado dado de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social para trabajadores por cuenta propia o autónomos, o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, en la misma actividad, durante los seis meses anteriores al alta (se entiende que es la misma actividad cuando concurran los 3 últimos dígitos del CNAE).
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, tanto con carácter previo al momento de la resolución de concesión como al del abono de la subvención.
  • No ser deudor con la Diputación Provincial de Salamanca.
  • No concurrir en el beneficiario las circunstancias establecidas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, en aquellos aspectos que pueda resultarle de aplicación.
  • Cumplir con los requisitos exigidos por el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis) o, tratándose de empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas, en el Reglamento (UE) nº 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola.
  • No haber sido beneficiarios de una subvención otorgada al amparo de alguna de las anteriores Convocatorias de subvenciones dirigidas al Autoempleo (anualidades 2018 y 2019).
  • No haber sido declarada la pérdida total del derecho al cobro de la subvención concedida por incumplimiento de la obligación de justificación o por justificación insuficiente.

Cuantía:

Aquellos importes que aparecen determinados expresamente en las Bases de la Convocatoria:

  • Máximo subvencionable para gastos asociados al funcionamiento de la actividad: 6.000,00€.
  • Máximo subvencionable para gastos en servicios TIC: 4.000,00€.

Lugar y forma de presentación:

  • Tramitación Electrónica con certificado:
    Presentación de la Solicitud (Anexo I) adjuntándola a la Instancia General en la Sede Electrónica.
     
  • Tramitación presencial:
    En las oficinas de asistencia en materia de Registro de la Diputación Provincial de Salamanca
    En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (LPACAP).

Subvenciones dirigidas al fomento de empleo en empresas (2020-2021)

La Diputación de Salamanca convoca subvenciones dirigidas a la creación de nuevos puestos de trabajo, desde el día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletin Oficial de la Provincia y hasta el 31 de marzo de 2021, inclusive, en pequeñas y medianas empresas con domicilio fiscal y actividad en un municipio de la provincia de Salamanca de menos de 20.000 habitantes. Se destinará a financiar parcialmente los costes salariales a cargo de la empresa de correspondientes al puesto de trabajo de las personas (hasta un máximo de 3) contratadas con una jornada igual o superior al 50%.

Hasta el 31 de diciembre de 2020

¿Quiénes pueden aceptar la subvención?

Pequeñas y medianas empresas con domicilio fiscal y actividad en un municipio de la provincia de Salamanca de menos de 20.000 habitantes.

¿Qué requisitos deben cumplir?

  • Empresas constituidas con anterioridad a la publicación de las Bases Reguladoras
  • Presentar un plan de Incremento de Plantilla
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, tanto con carácter previo al momento de la resolución de concesión como al del abono de la subvención.
  • No ser deudor con la Diputación Provincial de Salamanca.
  • No concurrir en el beneficiario las circunstancias establecidas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, en aquellos aspectos que pueda resultarle de aplicación.

Cuantía:

75% de los costes salariales a cargo de la empresa durante un periodo de 12 mensualidades, con una cantidad máxima de 800,00 € mensuales por contratación..

Lugar y forma de presentación:

  • A través de la Sede Electrónica de la Diputación de Salamanca en la siguiente dirección: https://sede.diputaciondesalamanca.gob.es.