La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural ha publicado hoy en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCyL) la Orden AGR/1040/2025, mediante la cual se otorgan ayudas directas a 83 agricultores y ganaderos profesionales cuyas explotaciones se vieron afectadas por los grandes incendios forestales del verano de 2025.

Importes y condiciones
El importe total de esta nueva línea de subvenciones asciende a 456.500 euros.
Cada beneficiario recibirá una ayuda mínima de 5.500 euros, que podrá incrementarse en función de las pérdidas sufridas.
La cuantía máxima fijada en esta orden se establece en 18.000 euros por explotación, dependiendo de los baremos aplicables a cultivos, ganado, colmenas o instalaciones dañadas.

¿Qué daños se compensan?

-Pérdidas en producción agrícola y ganadera.
-Muerte de ganado o pérdida de colmenas.
-Reconstrucción de instalaciones o construcciones agrícolas y/o ganaderas.
-Reposición de vallados ganaderos y perimetrales dañados.

Importante para agricultores y ganaderos profesionales
-Si has sufrido pérdidas por los incendios, cumples los requisitos de profesional y no apareces como beneficiario, deberás presentar un recurso de reposición junto al modelo oficial de declaración responsable de valoración de daños.
-Si figuras entre los 530 beneficiarios, pero la muerte de ganado o la pérdida de colmenas (según baremos) supera los 5.500 €, también tendrás que presentar el modelo de declaración responsable de valoración de daños.

En ASAJA Salamanca nos encargamos de ayudarte con la tramitación y gestión de esta documentación.

A partir del 15 de septiembre
Los titulares de explotaciones con vallados dañados podrán presentar una declaración específica de valoración, que deberá acompañarse de fotografías georreferenciadas.

¿Y los agricultores y ganaderos no profesionales?
Aquellos que solicitan PAC o figuran en algún registro oficial (excepto autoconsumo), y hayan sufrido pérdidas en producción agrícola, de ganado o colmenas, también deberán presentar la declaración responsable de valoración de daños.

Procedimiento
Dadas las especiales circunstancias de fuerza mayor que motivan la concesión de estas ayudas, se entenderán aceptadas desde la fecha de la publicación en el Bocyl de la presente orden. No obstante, si el interesado rechazara la subvención en el plazo de diez días desde la mencionada publicación, se adoptará la resolución que en derecho proceda.


En ASAJA Salamanca seguimos al lado de nuestros agricultores y ganaderos para que nadie pierda la oportunidad de acceder a estas ayudas.

ADJUNTOS