La Junta de Castilla y León ha prolongado la declaración de situación de alerta por riesgo meteorológico de incendios en toda la comunidad, que en principio terminaba hoy viernes, hasta las 23.59 horas del 12 de agosto. La Consejería de Medio Ambiente recuerda las medidas preventivas habituales, pero estos días establece otra medida «complementaria», que afecta de manera especial a las labores del campo: «Se prohíbe el uso de maquinaria autopropulsada agrícola y forestal en monte y en los terrenos agrícolas situados a menos de 400 metros de terreno forestal, incluyendo la cosecha y el empacado de forraje o cereal, en terrenos de secano, o el uso de skidders, procesadoras y desbrozadoras, en las horas más desfavorables del día, comprendidas entre las 14:00 y las 18:00 horas».

La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal incluye salvedades para ciertos municipios más al norte de Castilla y León, al entender que el calor y la humedad de la vegetación es algo mayor que en el resto del territorio. Esto afecta a términos municipales de las provincias de León, Palencia, Burgos y Soria, que se especifican en la resolución publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León. En Burgos los municipios más al norte (en azul) no tienen restricciones; mientras que en el resto de municipios (en verde) de Burgos, León, Palencia y Soria, las parcelas de regadío no tienen restricciones mientras que el resto tendrían que cumplir algunas limitaciones.

Es decir, en todos los demás municipios de Castilla y León SÍ tendrán que suspenderse las labores del campo con maquinaria, pero únicamente durante las horas centrales (14:00-18:00 horas) y en las parcelas de secano en ámbito forestal y a menos de 400 metros de esas áreas.

Desde ASAJA somos conscientes de las peculiaridades de las labores agrícolas, que a menudo no admiten demoras. Pero insistimos en la llamada a la prudencia y en la aplicación del sentido común, que es la actitud prácticamente generalizada entre nuestros profesionales del campo.

A los agricultores con parcelas en términos municipales de otras provincias linderas que pudieran verse afectados por la excepción de los días 4 y 5 en la franja norte de la comunidad, les recomendamos la consulta del listado del BOCyL, que aparece en el PDF adjunto, con los términos incluidos en esa salvedad.

CONSULTA LISTA DE MUNICIPIOS EXCLUIDOS COMPLETA