Buzón de denuncias. Incumplimientos de la Ley de la Cadena Alimentaria

¿QUÉ SE PUEDE DENUNCIAR?

Una denuncia, conforme al artículo 11.1d) del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, es el acto por el que cualquier persona, en cumplimiento o no de una obligación legal, pone en conocimiento de un órgano administrativo la existencia de un determinado hecho que pudiera constituir infracción administrativa.

A este respecto, el artículo 23 de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, establece las infracciones en materia de contratación alimentaria, que pueden ser denunciadas ante AICA, para que investigue e instruya el procedimiento sancionador, en su caso.

Se puede presentar una denuncia si se encuentra en alguna de estas situaciones:

  • No se ha realizado el correspondiente contrato.
  • No incluir los extremos enunciados en el artículo 9.1 que como mínimo deben contener los contratos alimentarios, especialmente el precio.
  • No se han respetado las condiciones y requisitos para la realización de subasta electrónica.
  • Se han realizado modificaciones unilaterales del contrato sin haberse pactado.
  • Se han exigido pagos adicionales al precio pactado en el contrato.
  • Se ha exigido o se ha revelado información comercial sensible de otros operadores, incumpliendo el deber de confidencialidad.
  • No se ha respetado el plazo de pago legal correspondiente, conforme a lo establecido en la disposición adicional primera de la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la ley 3/2014 (desde entrega de las mercancías, 30 días para los productos frescos y perecederos y 60 días para los no perecederos)

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