Los ganaderos, pendientes del resultado de la modificación normativa

ASAJA Soria recuerda que el Reglamento Ómnibus, aprobado por parte del Consejo y del Parlamento Europeo reconoce como “pastos permanentes y pastizales permanentes” (conjuntamente denominados “pastos permanentes”), las tierras utilizadas para la producción de hierbas u otros forrajes herbáceos naturales (espontáneos) o cultivados (sembrados) y que no hayan sido incluidas en la rotación de cultivos de la explotación durante cinco años o más y, cuando los Estados miembros así lo decidan, que no hayan sido roturadas durante cinco años o más; pueden incluir otras especies como arbustivas o arbóreas que sirvan para pastos y, cuando los Estados miembros así lo decidan, otras especies como arbustivas o arbóreas que produzcan alimentación animal, siempre que las hierbas y otros forrajes herbáceos sigan siendo predominantes”.

En opinión de ASAJA esto da por tanto la oportunidad de revisar el CAP o la admisibilidad de algunas parcelas tratadas injustamente, y con ello al ganadero, al descontarse la superficie que ocupan en las imágenes de los vuelos usados para la determinación de este coeficiente las copas de los árboles o los arbustos de más de 40 centímetros de altura.

Si bien, el MAGRAMA reconoce en uno de sus propios comunicados que este cambio normativo “Con carácter general no supondrá un cambio en cómo se estaban gestionando las ayudas ni en la aplicación del coeficiente de admisibilidad de pastos (CAP), dado que dicho coeficiente lo que descuenta es la superficie no admisible como rocas, pendientes o vegetación impenetrable por el ganado que se tiene que seguir descontando. No obstante, la autoridad competente tendrá que estudiar si en determinados casos superficies que ahora mismo son inadmisibles deben modificar su situación en base a la nueva definición”.

Por este motivo, ASAJA se ve en la obligación de recordar que para el cálculo del CAP (Coeficiente de Admisibilidad de Pastos) no solo se han retirado rocas y pendientes, sino que también dentro del capítulo de “vegetación impenetrable” se retiró todo aquello que ahora se reconoce y es que bajo determinados árboles y arbustos existe pasto que se aprovecha por el ganado y e incluso la propia vegetación de esas plantas sirve de alimento.

Por ello, ASAJA Soria reclama a la Administración una respuesta sobre el procedimiento que se debe seguir para conseguir el reestudio de determinadas parcelas y se haga justicia sobre la realidad del aprovechamiento de los ganaderos sorianos y que ya ha sido reconocido por Europa.