ECO RÉGIMEN – PASTOREO EXTENSIVO

El periodo mínimo de pastoreo con animales propios de la explotación será de 90 días.

 

ECO RÉGIMEN – ROTACIÓN DE CULTIVOS P3 (Leguminosas y/u oleaginosas) Y SIEMBRA DIRECTA P4:

-P3. Rotación: La superficie mínima de rotación respecto a la campaña anterior se reduce del 50 por ciento al 25 por ciento.

-P3. Barbecho: La superficie máxima de barbecho podrá llegar hasta un 40 por ciento de la explotación.

-P4. Siembra directa: Se permite laboreo vertical que no invierta la tierra (cultivador, chisel o grada de discos pequeña). Estas labores no se podrán realizar desde la cosecha hasta el 1 de septiembre, con obligación de mantener el rastrojo sobre el suelo.

 

ECO RÉGIMEN – CUBIERTAS VEGETALES Y CUBIERTAS INERTES EN CULTIVOS LEÑOSOS P6 Y P7:

-P6. Cubierta vegetal espontánea o sembrada: Se permiten labores verticales superficiales de mantenimiento de las cubiertas que no modifiquen la estructura del suelo. El suelo no podrá permanecer desnudo en ningún momento del año. La cubierta vegetal debe permanecer viva sobre el terreno mínimo de dos meses (reducción de 4 a 2 meses), desde el 15 de diciembre al 15 de febrero.

-P7. Cubierta inerte con restos de poda: Se permiten labores verticales superficiales que no modifiquen la estructura del suelo y mantengan la cubierta.

AQUÍ PUEDES PINCHAR PARA VER LA RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE POLÍTICA AGRARIA COMUNITARIA:

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