La aprobación ayer en el Congreso de la Ley de Arrendamientos Rústicos, contra los intereses del sector agrícola, supone un grave atentado contra los profesionales del campo y, más concretamente, contra los de Castilla y León, debido a las características de nuestra Comunidad Autónoma.

 

ASAJA APELA A LA RESPONSABILIDAD DE LOS SENADORES DE LA REGIÓN PARA PARALIZAR LA LEY DE ARRENDAMIENTOS

La nueva normativa atenta contra los intereses de los agricultores profesionales

La aprobación ayer en el Congreso de la Ley de Arrendamientos Rústicos, contra los intereses del sector agrícola, supone un grave atentado contra los profesionales del campo y, más concretamente, contra los de Castilla y León, debido a las características de nuestra Comunidad Autónoma. ASAJA, que desde que se conoció el borrador de esta normativa manifestó su total rechazo, hace una última llamada de atención a los castellanos y leoneses que nos representan en el Senado, la cámara por la que ha de pasar la normativa para someterse a una última revisión.

«Es ahora cuando los senadores tienen que demostrar que acuden a la Cámara Alta para defender los intereses de aquellos que les votaron, y difícilmente encontrarán mejor ocasión de hacerlo que oponiéndose a esta ley, diseñada para satisfacer a determinados grupos de presión pisoteando los derechos de los agricultores», denuncia ASAJA. Parece que el Gobierno tenía prisa por dar vía libre a esta nueva ley, que se aprueba de forma precipitada sin debate ni consenso con el sector, «una rapidez a la que el resto de materias no nos tienen acostumbrados cuando somos los agricultores y los ganaderos los que la demandamos», destaca ASAJA.

Para la OPA, la nueva normativa conculca los derechos de los arrendatarios a favor de los propietarios de tierras, hará subir los precios de dichos arrendamientos, y pondrá en una situación de desventaja al agricultor profesional a la hora de acceder a un mercado de la tierra que está más desequilibrado que nunca en relación a lo que se paga y el beneficio que se espera.

La nueva Ley valora la situación de Castilla y León, una de las regiones más importantes agrícolamente, y que es la que cuenta con mayor porcentaje de tierras agrícolas arrendadas. Más del 40 por ciento de la superficie agraria útil de la región se acoge a este sistema, frente al 26,88 por ciento de la media nacional. Y hay casos todavía más llamativos, como los de las provincias de Soria o de Burgos, donde las tierras en renta superan el 50 por ciento. Además, hay que tener en cuenta que, en el caso de los agricultores jóvenes, los porcentajes de arrendamiento llegan incluso al 75 por ciento.

Uno de los aspectos más negativos contenidos en esta Ley de arrendamientos rústicos es la reducción de la duración del contrato de arrendamiento. Ya en 1995, en la Ley de modernización de explotaciones, este periodo se redujo de 21 a 5 años, lo que animó a muchos propietarios a alquilar sus propiedades, aunque se incrementó la inseguridad para los agricultores arrendadores. Pero ahora se limitan los contratos a sólo 3 años, un periodo ridículo si se tiene en cuenta que para comprometerse a arrendar y trabajar una tierra es preciso invertir en maquinaria e instalaciones como el riego, inversiones que este tiempo tan corto sería imposible amortizar. ASAJA entiende que, por el contrario, lo deseable sería que la normativa admitiera una prolongación de los contratos de al menos 8 años, lo que daría cierta estabilidad a los trabajadores del campo.

Otro punto que, siguiendo el espíritu que parece haber inspirado esta nueva reforma, favorece al propietario es el que elimina su obligación de notificar la escisión del contrato con un año de antelación; en adelante expirará concluidos los tres años sin que mediara aviso alguno.

ASAJA observa una grave contradicción entre lo que se supone que pretende esta nueva normativa y lo que conseguirá. Por un lado, y según se dice en la exposición de motivos, preocupa el progresivo abandono de la actividad –y cifra en cerca de 500.000 las hectáreas que se dejarán de trabajar en los próximos años–. Y por otro, ignora al agricultor hasta el extremo de eliminar el requisito que hasta ahora se pedía para arrendar fincas agrícolas, ser profesional de la agricultura. «Da la impresión de que lo único que se pretende es dejar mano libre al propietario de la tierra para poder cada tres años revisar al alza el precio del arrendamiento», subraya ASAJA.

La nueva ley, además, elimina la fórmula de la aparcería (por la que el propietario y el agricultor comparten gastos y beneficios según producción) y eliminaría las actuales Juntas Arbitrales de Arrendamientos Rústicos. Estos órganos, compuestos por representantes de la Administración y de las organizaciones agrarias, consiguen en muchas ocasiones arbitrar entre arrendadores y arrendatarios para pactar un acuerdo sin necesidad de recurrir a los tribunales. De desaparecer, la única salida en caso de desentendimiento será la de los juzgados, con los costes que implica.

Superficie Agrícola Utilizada (SAU)

según el régimen de tenencia (Censo Agrario 99)

 

Total

En propiedad

En arrendamiento

En aparcería

En otro régimen de tenencia

% arrendamiento

ESPAÑA

26.316.787

17.632.290

7.073.199

787.295

824.003

26,88%

Castilla y León

5.783.831

3.088.452

2.364.969

126.908

203.502

40,89%

Ávila

553.425

338.967

183.589

2.701

28.168

33,17%

Burgos

871.822

373.256

440.849

14.814

42.903

50,57%

León

691.169

411.745

252.109

3.985

23.331

36,48%

Palencia

614.563

328.699

244.135

29.385

12.345

39,72%

Salamanca

985.580

513.264

440.899

7.207

24.210

44,73%

Segovia

413.817

240.633

154.171

10.216

8.797

37,26%

Soria

471.190

212.957

247.655

7.383

3.195

52,56%

Valladolid

609.230

346.116

220.170

26.997

15.947

36,14%

Zamora

573.035

322.815

181.393

24.220

44.607

31,65%