Las vezas tienen una ayuda asociada, por lo que son objeto de controles específicos para comprobar la veracidad de lo que se declara. Muchas de estas fincas de veza se siegan ahora para forraje, y lo habitual, cuando hay tempero, es hacer labores permitidas por la condicionalidad de la PAC.
Es difícil para el agricultor demostrar, cuando se hacen los controles de campo, que en dichas fincas hubo vezas, pues apenas queda rastrojo o restos de la cosecha.
Hoy la mejor forma de acreditar que hubo un cultivo, es haciendo con el teléfono móvil una foto georreferenciada en la parcela en cuestión antes de segarla. En otras ocasiones la recomendación que hacíamos era dejar unas muestras sin labrar.
Queremos dejar claro que no es obligatorio nada de lo que hemos indicado, pero que si hay un conflicto entre la administración y el administrado, el que tiene todas las de perder es en este caso el agricultor, y para que ello no ocurra, debe “curarse en salud”.
Sobre las labores después de la cosecha, tanto en tierras de vezas como de otros forrajes o cereal, aclaramos lo siguiente:
  1. En fincas recolectadas de forraje se pueden hacer todo tipo de labores en cualquier momento una vez recolectado el forraje.
  2. En fincas de cultivos herbáceos (cereales) de secano recolectados para grano, se pueden labrar sin limitaciones a partir del 1 de septiembre. Si es antes, tiene que ser una labor vertical (gradeado) de menos de 20 centímetros. En regadío no ha limitación.
  3. En fincas sujetas a ordenación común de pastos, se ha de tener en cuenta lo que fijen al respecto las ordenanzas de la Junta Agropecuaria Local.
ASAJA León, mayo 2020.