En el Bocyl del 1 de octubre de 2019 se publica la Orden AGR/860/2019, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones para préstamos preferenciales con motivo de la sequia de 2019. Hecha esta solicitud, y contestada favorablemente por parte de la consejería de Agricultura, se abre el plazo para suscribir con el banco que el agricultor o ganadero elija, la póliza del préstamo.

Beneficiarios:

  1. Titulares de explotaciones que coticen a la Seguridad Social agraria.
  2. En el caso de sociedades, reunir los requisitos de explotación prioritaria.

Condiciones de los préstamos:

  1. Cuantía máxima de 40.000 euros por explotación.
  2. Interés 1,5% subvencionado en su totalidad.
  3. Obligación de suscribir los seguros agrarios (Agroseguro).
  4. Plazo hasta 5 años con la posibilidad de 1 de carencia.
  5. Libre elección de entidad financiera sin necesidad de aval de SAECA.
  6. Serán garantías para la operación las que exija a cada cliente la entidad financiera.
  7. Son préstamos para circulante, no hay que justificar a qué se destinan.

Tramitación del derecho a la ayuda:

  • Oficinas de ASAJA o directamente el interesado en la Junta.

Cobro de la ayuda:

  • El beneficiario solicitará cada año el abono del importe de los intereses que previamente habrá pagado al banco con las amortizaciones del préstamo.

ASAJA / 01-10-2019.