La Junta ha publicado hoy una resolución que flexibiliza el cumplimiento de los requisitos para optar a determinadas ayudas de la PAC debido a las adversidades meteorológicas extremas de la presente campaña agrícola, declarada oficialmente como excepcional en el último Consejo de Gobierno. ASAJA valora que se publiquen ya estas excepciones -que afectan a los ecorregímenes de rotación de cultivos y siembra directa, y a las intervenciones de agricultura ecológica y a la ayuda agroambiental de remolacha-, ya que esta información es necesaria para que los agricultores completen sus planes de siembra en una campaña que viene muy retrasada. No obstante, la Organización Profesional Agraria advierte que todavía es imposible entrar en muchas fincas por lo que es probable que en próximas semanas se comprueben daños y pérdidas que deberían ser recogidas en una próxima revisión de esta primera resolución de la Consejería.

Excepciones

Ante la imposibilidad de realizar ciertas prácticas agrícolas por las continuas lluvias, la nueva normativa fija diferentes excepciones en el cumplimiento de los regímenes voluntarios en favor del clima, el medio ambiente y el bienestar animal (ecorregímenes) y en las intervenciones medioambientales y climáticas de desarrollo rural (agricultura ecológica y cultivos industriales sostenibles).  

En el caso de los ecorregímenes, se flexibilizan las prácticas de rotación de cultivos con especies mejorantes y la de siembra directa:  

  • En rotación de cultivos, se reduce la rotación obligatoria del 50 al 25%. Además, se permite la rotación con barbecho tras un cultivo de leguminosas. El porcentaje de cultivos mejorantes se mantiene en el 10%, pero el porcentaje de leguminosas se reduce de forma general del 5 al 2,5%. 
  • En la práctica de siembra directa, se reduce el porcentaje de rotación del 40 al 25% de la superficie acogida a la práctica. Igualmente se permite la rotación con barbecho tras un cultivo de leguminosas en 2025.  

Por su parte, en las intervenciones medioambientales y climáticas de desarrollo rural:  

  • En la intervención de agricultura ecológica, la certificación de la producción obtenida se estimará en función de la media de la zona. 
  • En cultivos agroindustriales sostenibles (remolacha azucarera), si la siembra es menor al 80% de la superficie de contrato, se cobrará la ayuda por la superficie cultivada y no se aplicarán penalizaciones, si bien se deberá presentar una alegación y aportar dos fotografías georreferenciadas posteriores al 15 de marzo con la situación de la parcela donde se preveía la siembra de remolacha. 

RESOLUCIÓN CONSEJERÍA: 20260218+Resolución+Flexibilidad+2026