El Ministerio ha aprobado una serie de medidas dirigidas al sector del vino, para paliar el freno de la demanda ocasionado por la pandemia. De ellas, la poda en verde es la única que está al alcance de los viticultores no elaboradores.

Más dinero pero también más requisitos en la nueva convocatoria de las ayudas a planes de viñedoHoy se publica el Real Decreto por el que se adoptan medidas extraordinarias en el sector del vino para hacer frente a la crisis de mercado causada por la pandemia del covid-19.  Se ponen en marcha ayudas a la destilación de crisis para la campaña 2019/2020 y ayudas al almacenamiento privado de vino, y además se adapta la aplicación de la cosecha en verde con efectos exclusivos para esta campaña.

Estas medidas van acompañadas de otras de regulación del mercado como limitaciones de rendimientos máximos de uva por hectárea y de un posible incremento del volumen de alcohol exigido en los subproductos resultantes de la elaboración del vino.

Los Servicios Técnicos de ASAJA subrayan que, de estas medidas, la única que está al alcance de los viticultores que no son a la vez elaboradores es la cosecha en verde, cuyas condiciones se resumen a continuación.

  1. Se entiende por cosecha en verde la destrucción o eliminación total de los racimos de uvas cuando todavía están inmaduros, de manera que se reduzca a cero el rendimiento de la parcela, sin que puedan existir uvas sin vendimiar en la parcela de viñedo objeto de la ayuda.
  2. Pueden solicitarla los viticultores a título individual para parcelas completas, inscritas en la Denominación de Origen a la que corresponden. La parcela debe tener una dimensión mínima de 0,3 hectáreas.
  3. Se excluyen las viñas que no se hayan plantado antes de tres campañas anteriores a la 2019/2020.
  4. La ayuda consistirá: a) En una compensación por la pérdida de ingresos calculada como el 60% del valor medio de la uva de las tres últimas campañas en el ámbito territorial donde se ubique la parcela de viñedo objeto de la cosecha en verde, que la comunidad autónoma deberá definir. El valor medio de la uva al que se aplicará el porcentaje citado deberá coincidir, en coherencia, con el valor medio de la uva que sirve de base para el cálculo de la compensación a viticultores por pérdidas de ingresos para la ayuda a la reestructuración y reconversión de viñedos. b) El 60% de los costes directos de destrucción o eliminación de los racimos de uva, que fijará la comunidad autónoma y que podrá realizarse con medios propios o por una empresa y por métodos manuales, mecánicos o químicos.
  5. Plazo de solicitud: 23 de junio.
  6. Documentación: a) Solicitud con los datos personales y la identificación de las parcelas. b) Rendimiento medio de las parcelas en las tres últimas campañas. c) Forma de realizar la destrucción de la producción.
  7. Documentación adicional que estime la comunidad autónoma.

Hay que puntualizar que este informe es un pequeño resumen de la normativa publicada en el BOE de hoy. Para conocer todos los detalles, así como cuestiones relevantes según cada caso y posibles adaptaciones que desarrolle la Consejería de Agricultura y Ganadería de Castilla y León, recomendamos a los viticultores que pidan cita en las oficinas de ASAJA.

BOE