Publicada en el BOCYL la esperada Ley de rebajas tributarias en la Comunidad de Castilla y León, con medidas como la bonificación en los arrendamientos de fincas rústicas con contrato escrito.

Ya se ha publicado en el  Boletín Oficial de Castilla y León la esperada Ley de rebajas tributarias en la Comunidad de Castilla y León, que recoge reducciones impositivas con gran impacto en el mundo rural y en concreto en la actividad agroganadera. Se recogen rebajas del tipo mínimo de IRPF, deducciones por natalidad, emprendimiento rural y actividad agraria.

Hay que destacar la bonificación del 100 % de la cuota para los arrendamientos de fincas rústicas, de forma que se equipare su tributación a la de los arrendamientos de inmuebles urbanos. Para ello el arrendatario debe tener la condición de agricultor profesional y ser titular de una explotación agraria prioritaria a la que queden afectos los elementos arrendados. Para ASAJA, esta bonificación es significativa, aunque no tiene mucha importancia cuantitativa porque la mayoría de los contratos son verbales y no constan por escrito. Esta circunstancia debe hacer reflexionar sobre la desprotección que con frecuencia tienen los profesionales en este sentido, por lo que debería fomentarse que los contratos de arrendamiento consten por escrito conforme a la Ley, lo que da seguridad a arrendador y arrendatario.

Con la finalidad de atraer y mantener negocios en el medio rural, se reduce el tipo impositivo aplicable a las transmisiones de inmuebles que se destinen a ser sede social o centro de trabajo en el medio rural cuando la adquisición se vincule a la creación de empleo, al 2%, importante mejora respecto al general del 8% o al incrementado del 10%,

Por otra parte, en el Impuesto sobre transmisiones patrimoniales onerosas y actos jurídicos documentados se establece un tipo reducido del 4% aplicable a la transmisión de explotaciones agrarias para aquellas personas que ejerzan la agricultura profesional. Esto supondrá una mejora respecto al tipo general del 8 % o del incrementado del 10 %.

Por último, en el ámbito de las tasas de la Comunidad, se aprueba una bonificación del 100 % de las tasas en materia de transporte por carretera y por la prestación de servicios veterinarios, desde la entrada en vigor de la ley y durante los tres meses siguientes.  

ASAJA considera que, en estos momentos de máxima incertidumbre para las explotaciones agrarias y ganaderas, “son fundamentales estas medidas de alivio fiscal y cualquier otra que se tome en este sentido, como es esperable y hasta exigible, por parte del Gobierno de España”.