Ayudas al seguro de retirada y destrucción de animales muertos en las explotaciones ganaderas

Hasta el 14 de mayo pueden solicitarse estas ayudas a las pólizas suscritas entre el 1 de junio de 2014 y el 31 de mayo de 2015 (Plan de Seguros 2014)

La Consejería de Agricultura y Ganadería ha convocado las ayudas a la suscripción de pólizas de seguro para la cobertura de los gastos derivados de la retirada y destrucción de los animales muertos de las especies vacuna, ovina/caprina, porcina, equina, aviar y cunícola en las explotaciones ganaderas de Castilla y León. La subvención está dirigida a las pólizas suscritas entre el 1 de junio de 2014 y el 31 de mayo de 2015 (Plan de Seguros 2014).

Esta ayuda puede ser pedida por personas físicas, jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles que siendo titulares de una explotación ganadera ubicada en la Comunidad de Castilla y León, cumplan los requisitos marcados en la normativa.

Líneas subvencionables:

Tendrá la consideración de actividad subvencionable la formalización de una póliza de seguro incluida en el Plan Nacional de Seguros Agrarios del año 2014, de alguna de las líneas que a continuación se relacionan:

a) Seguro renovable para la cobertura de los gastos derivados de la retirada y destrucción de animales bovinos muertos en la explotación.

b) Seguro para la cobertura de los gastos derivados de la retirada y destrucción de animales bovinos muertos en la explotación.

c) Seguro renovable para la cobertura de los gastos derivados de la retirada y destrucción de animales no bovinos muertos en la explotación.

d) Seguro para la cobertura de los gastos derivados de la retirada y destrucción de animales no bovinos muertos en la explotación.
 

Cuantía:

  • El importe de la ayuda concedida por la Consejería de Agricultura y Ganadería consistirá en un porcentaje sobre el coste neto de la póliza, de acuerdo con las especies y clase que se indican a continuación:
  • a) VACUNO:
  • Resto de leche: hasta el 25%, y si se pertenece a una Organización de Productores, hasta el 30%.
  • Resto de carne y cebo industrial: hasta el 15%.
  • b) OVINO Y CAPRINO:
  • Cebo industrial y resto: hasta el 15 %.
  • c) PORCINO:
  • Resto, cebo industrial, transición de lechones y montanera: hasta el 30% y si se pertenece a Agrupación de Defensa Sanitaria (ADS), el 35%.
  • d) EQUINO:
  • Resto, cebo industrial: hasta el 15 %.
  • e) AVIAR:
  • Aviar pequeño, menor, medio, mayor tamaño, gran tamaño y pollo de corral: hasta el 15%.
  • f) CUNÍCOLA:
  • Resto y cebo industrial: hasta el 25%.
  • No se concederán ayudas cuyo importe total de pago sea inferior a 50 euros.
  • El importe de la subvención no podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

El plazo de solicitud de esta ayuda comenzó el 19 de abril y estará abierto hasta el 14 de mayo. Para más información, acude a tu oficina de ASAJA.