Ayudas asociadas para las explotaciones de vacuno de leche.Campaña 2016

El FEGA ha dado a conocer los importes unitarios provisionales para el pago del anticipo de cada una de las 2 Ayudas Asociadas al Vacuno de leche.

El objetivo de estas ayudas es garantizar la viabilidad económica de las explotaciones que mantienen vacas de leche y reducir el riesgo de abandono de esta actividad productiva, y asimismo, prestar un apoyo a los ganaderos de vacuno de leche que hayan sido titulares de derechos especiales en 2014, y que, en la solicitud única de cada campaña, no dispongan de hectáreas admisibles sobre las que activar derechos de pago básico.

A partir de la información remitida por las comunidades autónomas al Fondo Español de Garantía Agraria, se han establecido los siguientes importes unitarios provisionales para el pago del anticipo de cada una de las 2 Ayudas Asociadas al Vacuno de leche:

Ayuda sectorial: el importe de las ayudas por animal en cada una de las dos regiones

establecidas se concede por estratos, de modo que las primeras 75 cabezas de una explotación recibirán el importe unitario completo, mientras que las vacas distintas de las 75 primeras de la explotación percibirán un 50% de la ayuda asociada.

Los importes unitarios provisionales para el pago de anticipos queden fijados en 119,069841 €/animal. Para las explotaciones ubicadas en zonas de montaña ascenderá a 129,815862 €/animal.

Ayuda por Derechos Especiales: atendiendo a las solicitudes, el importe unitario provisional para el pago de los anticipos queda fijado en 169,805566 €/animal.

Las comunidades autónomas podrán realizar el pago de anticipo antes del 1 de diciembre de 2016 en el caso de estas ayudas al sector lácteo, que podrá alcanzar hasta el 70 % del pago total. Con posterioridad las comunidades autónomas comunicarán de nuevo al FEGA, antes del 15 de marzo de 2017, el número total de animales determinados para el pago de las ayudas, con objeto de poder calcular el importe unitario definitivo a aplicar, tanto a los pagos pendientes como a los pagos complementarios a los ya realizados con este importe unitario provisional.