En el Boletín Oficial de Castilla y León del 28 de septiembre se publica la orden por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para favorecer el establecimiento de trabajadores por cuenta propia o autónomos que trasladen su actividad económica a Castilla y León, procedentes de otras Comunidades Autónomas.

Mapa Castilla y León
Mapa Castilla y León

El objeto con esta medida es impulsar la incipiente tendencia de los movimientos demográficos que se han visto favorecidos por la pandemia y que están llevando a un buen número de familias, trabajadores autónomos y pequeños empresarios a abandonar las grandes urbes en busca de espacios que ofrezcan una mayor calidad de vida como Castilla y León.  Esta tendencia, a su vez, se ve favorecida por los avances tecnológicos y los procesos de digitalización que permiten que muchas actividades empresariales se puedan desarrollar desde cualquier lugar.

La finalidad de esta ayuda es que aquellos trabajadores autónomos que desarrollaban su actividad fuera de la comunidad de Castilla y León consoliden su negocio en nuestra comunidad. Esta medida a la vez que fomenta el autoempleo servirá para favorecer el asentamiento de población e incrementar la actividad económica mediante la atracción de trabajadores autónomos a nuestro territorio. Por otra parte, y con el objeto de promover el emprendimiento y la actividad económica en aquellas zonas geográficas menos favorecidas y que atraviesan especiales dificultades económicas, se recoge un incremento en la cuantía para aquellos emprendedores que se instalen en municipios de menos de 5.000 habitantes, de igual manera se pretende favorecer el autoempleo en la población femenina.

Requisitos y cuantía

Los beneficiarios tienen que estar de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos al menos durante 1 año con anterioridad a la fecha de presentación de solicitud y tener Domicio fiscal y estar empadronados fuera de Castilla y León con anterioridad al 1 de enero de 2021.

La cuantía de la es de 6.000 euros, pudiéndose incrementar en 2.000 euros si se establece en un municipio de menos de 5.000 habitantes que diste más de 15 km de una capital de provincia y en otros 2.000 euros si la beneficiaria es mujer.

Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedente de cualquier Administración o ente público o privado sin superar el importe total el coste de la actividad subvencionada. El importe total de las ayudas de minimis concedidas a una empresa no excederá de 200.000 euros durante un periodo de tres ejercicios fiscales.

BOCYLhttps://bocyl.jcyl.es/boletines/2021/09/28/pdf/BOCYL-D-28092021-8.pdf