El Ministerio de Agricultura ha convocado las ayudas 2023 del Plan de renovación del parque nacional de maquinaria agrícola (Plan Renove), con un presupuesto de 9.545.350 euros: 3.545.350 euros para la adquisición de maquinaria de siembra directa y 6 millones para el resto de maquinaria subvencionable.

El plazo para la tramitación de las ayudas comienza el viernes día 7 de julio y finalizará el día 15 de septiembre. Sin embargo, hay que tener en cuenta que de nuevo el ministerio hará la criba por orden de solicitud, por lo tanto, y ante el riesgo de que se agote el dinero, es importante ser los primeros.

Por ello, los equipos técnicos de las organizaciones provinciales de ASAJA están ya trabajando para cumplimentar las solicitudes de los socios interesados y presentarlas lo antes posible.

Posibles beneficiarios

  • Personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, incluidos entes sin personalidad jurídica, titulares de una explotación agraria inscrita en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA) o en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA). En el caso de cooperativas, sociedades agrarias de transformación (SAT) u otras agrupaciones agrarias, cuyos socios o miembros sean titulares de, al menos, en conjunto, tres de dichas explotaciones.
  • Personas físicas o jurídicas que prestan servicios agromecánicos con maquinaria agrícola a la agricultura, inscritas en el Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe 911.
  • Agrupaciones de tratamientos integrados en agricultura y agrupaciones de defensa sanitaria ganadera (solo para maquinaria y equipos agrícolas destinados a sus actividades específicas).

Maquinaria y condiciones

Se subvenciona la adquisición de la siguiente maquinaria nueva:

  • Tractores
  • Máquinas automotrices: de recolección, de aplicación de productos fitosanitarios y fertilizantes, de aplicación de productos fertilizantes, cisternas para aplicación localizada de purines y equipos de manipulación y carga.
  • Máquinas arrastradas o suspendidas: sembradora directa, abonadora, equipos de aplicación de productos fitosanitarios, trituradoras de residuos de cosecha y poda, y cisternas de purín con sistemas de aplicación localizada de producto en el suelo (rejas y discos), tubos flexibles (mangueras) o rígidos (para aplicación justo sobre el suelo), así como sistemas de localización de purín en el suelo independientemente de la cisterna.

Para la concesión de las ayudas habrá que achatarrar tractores o máquinas del mismo tipo que las adquiridas. 

La maquinaria nueva deberá adquirirse a partir del día siguiente de publicarse la Orden de convocatoria (domingo 25 de junio) y cumplir las siguientes condiciones:

  • Ser legalmente comercializables en la fecha de presentación de la solicitud.
  • Los tractores deberán estar dotados con estructura de protección debidamente homologada.
  • Las sembradoras directas, cisternas para purines o sus dispositivos de aplicación localizada en suelo, abonadoras y equipos de aplicación de productos fitosanitarios, deberán haber sido seleccionados por el Ministerio, publicándose el listado en su página web.
  • Las abonadoras y equipos de aplicación de productos fitosanitarios deberán superar unas pruebas para comprobar su correcta distribución y el cumplimiento de la normativa en vigor en determinados laboratorios autorizados por el MAPA.
  • Los beneficiarios no podrán enajenar la nueva maquinaria durante un período de cinco años, desde su fecha de inscripción en el ROMA.

La maquinaria sustituida deberá cumplir los siguientes requisitos:

  1. Ser un tractor agrícola, maquina automotriz, o maquinaria arrastrada y suspendida a vehículo tractor, del mismo tipo de la adquirida.
  2. Estar en condiciones de uso y no de abandono, con la ITV en vigor, como norma general, y resultado favorable, o con el único defecto de “estructura de protección no homologada” en tractores.
  3. Ser entregada en un centro autorizado.
  4. En los supuestos en que la maquina deba estar inscrita en el ROMA, deberán cumplir los siguientes requisitos:

1º En el caso de tractores, estar inscrito en el ROMA con una antigüedad mínima de 15 años a 1 de enero del año de convocatoria, y estar inscrito a nombre del solicitante, al menos, desde el 1 de enero del año anterior al de la convocatoria.

2º En el caso de las maquinas agrícolas automotrices, estar inscrita en el ROMA con una antigüedad mínima de 10 años a 1 de enero del año de convocatoria, y estar inscrito a nombre del solicitante, al menos, desde el 1 de enero del año anterior al de la convocatoria.

3º En el caso de sembradoras, cisternas para aplicación de purines, equipos de aplicación de productos fitosanitarios y abonadoras, deberán haber mantenido la inscripción en el ROMA a nombre del solicitante, al menos desde 1 de enero del año anterior al de la convocatoria.

4º En el caso de que la ayuda se dirija solamente a la instalación de un accesorio de aplicación localizada de purín en una cisterna en uso, esta deberá haber sido inscrita en el ROMA a nombre del solicitante, al menos desde 1 de enero del año anterior al de la convocatoria.

Importe de las ayudas

La cuantía base de la subvención en tractores es de 120 euros por Kw de la potencia fiscal que figure reflejada en la ficha técnica multiplicada por 5, del tractor a retirar. Esta cuantía se podrá incrementar:

  • Atendiendo a la clasificación energética del nuevo tractor:
    • Por clasificación en la categoría más alta de eficiencia energética (A): 3.000 euros.
    • Por clasificación en la segunda categoría más alta (B): 2.000 euros.
    • Por clasificación en la tercera categoría más alta (C): 1.000 euros.
  • La cuantía base de la subvención se podrá incrementar, además, en 2.000 € por cumplir el nuevo tractor adquirido con la fase de emisiones más avanzada posible en su homologación.
  • La cuantía base de la subvención se podrá incrementar, además, en 5.000 € si se trata de un tractor eléctrico, de pila de hidrogeno o 100% biocombustible.
  • La cuantía base de la subvención se incrementará en 3.000 €, atendiendo a las deficiencias de seguridad de los tractores retirados.

La cuantía base no sobrepasará 12.000 euros y la cuantía máxima no será superior a 20.000 euros por beneficiario, ni el 30% del coste total de adquisición sin impuestos.

Las máquinas automotrices agrícolas tienen una subvención base de 120 euros por kW de la potencia fiscal que figure reflejada en la ficha técnica multiplicada por 5. Esta cuantía se podrá incrementar en 2.000 euros por cumplir la nueva máquina automotriz adquirida con la fase de emisiones más avanzada posible en su homologación.

La cuantía base no sobrepasará 25.000 euros y la cuantía máxima no sobrepasará 27.000 euros por beneficiario, ni el 30% del coste total de adquisición sin IVA.

  • Las abonadoras y equipos de aplicación de productos fitosanitariostienen una subvención del 30% de la inversión realizada para la máquina nueva sin IVA, y no podrá superar los 4.500 euros en el caso de abonadoras y de 6.000 euros para los equipos de aplicación de productos fitosanitarios.
  • La cuantía base de la subvención se podrá incrementar en 1.000 € si se achatarra otra abonadora o equipo de aplicación de productos fitosanitarios registrado en el ROMA. En todo caso, la cuantía máxima no sobrepasará los 5.500 € en caso de las abonadoras, ni los 7.000 € para los equipos de aplicación de productos fitosanitarios.
  • El importe de la ayuda correspondiente a equipos automotrices de aplicación de productos fitosanitarios y de productos fertilizantes, se calculará como el de las maquinas automotrices agrícolas
  • Sembradoras directas, cisternas para purines equipados con dispositivo de aplicación localizada y dispositivos de aplicación localizada de purín para ser montados en cisternas ya en uso, la cuantía se establece en el 30% de la inversión sin IVA, no obstante, la subvención no podrá pasar de 20.000 € en el caso de sembradoras y cisternas de purines. Los 6.000 € en el caso de los dispositivos de aplicación localizada de purín, y los 3.000 € en las trituradoras de residuos de cosecha y restos de poda.

Financiación

La cuantía máxima para conceder en esta convocatoria es de 9.545.350 €.

  • 3.545.350 € para sembradoras de siembra directa.
  • 5.000.000 € para el resto de maquinaria.

Solicitudes

Las solicitudes se presentarán de forma telemática a través de la sede electrónica de la página web del MAPA, las solicitudes serán atendidas por riguroso orden de presentación en el sistema electrónico de gestión, hasta el agotamiento de los fondos. Una vez agotado el presupuesto, se podrán seguir presentando solicitudes, siempre antes de la fecha de finalización del plazo (15 de septiembre), que entrarán a formar parte de una lista de espera.

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