La primera duda que ha surgido a todos los agricultores y ganaderos: ¿podemos seguir trabajando como hasta ahora? Los Servicios Técnicos de ASAJA responden.

El Real Decreto que ha declarado el Estado de Alarma hasta el día 30 de marzo establece que se permite el «desplazamiento al lugar de trabajo».

Los agricultores y ganaderos pueden por tanto trabajar con normalidad, puesto que su actividad tiene el fin de surtir de alimentos a la población. Por tanto, en estos momentos, se consideran tareas esenciales las tendentes a garantizar el abastecimiento alimentario. Y en caso de ser compartidas, respetando las distancias y medidas de protección marcadas.

Aunque se permite la actividad agraria (y se ha cursado instrucciones a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad en este sentido, para garantizar los movimientos), se recomienda llevar consigo algún tipo de documentación que acredite la pertenencia al sector agrario, por si es solicitado en algún control:

  • Último cupón de la Seguridad Social o informe de la vida laboral (se obtiene por internet)
  • PAC 2019 o 2020
  • Si trabajas por cuenta ajena, certificado expedido por el titular de la explotación agraria o ganadera, o bien copia de la nómina.
  • Carné de usuario profesional de productos fitosanitarios…