Desde hoy y hasta el 30 de diciembre de 2022 pueden solicitarse las ayudas para el año 2022 destinadas a promover actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias. El presupuesto general para esta convocatoria es de 2.400.975,25 euros.

Podrán ser beneficiarios:

  • Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública, titulares de una explotación agropecuaria.
  • Comunidades de Regantes y otras organizaciones cuyo fin consista en la gestión común de agua para el riego agrícola o la gestión común de otros combustibles y fuentes de energía para fin agropecuario.
  • Titulares de explotaciones agrícolas de regadío que utilicen redes de riego para cuyo funcionamiento sea necesario actualmente el consumo de energía eléctrica.
  • Cualquier organización o asociación de productores agrícolas reconocida por la autoridad competente.
  • Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía en las que al menos uno de los socios sea titular de la explotación agraria.

Las actuaciones subvencionables deberán encuadrarse en una o varias de las siguientes:

  • Actuación 1: Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de regadío. Reforma de las instalaciones de regadío en explotaciones agropecuarias y comunidades de regantes, por renovación de sus equipos de bombeo que reduzcan el consumo de energía final y las emisiones de CO2.
  • Actuación 2: Mejora de la eficiencia energética y utilización de energías renovables en explotaciones agropecuarias. Realización de actuaciones de reforma de las explotaciones e instalaciones consumidoras de energía térmica, eléctrica y de proceso propias de las explotaciones agropecuarias que reduzcan el consumo de energía final y las emisiones CO2.

Quedan excluidas de subvención las inversiones en instalaciones de energía solar fotovoltaica y las sustituciones de equipos por otros que consuman energía fósil.

La cuantía total de la subvención se calculará en función del tipo de medida llevada a cabo y teniendo en cuenta tanto la inversión elegible como el coste de instalación convencional equivalente. Con carácter general la cuantía de la ayuda será del 30% del coste elegible con limitaciones en función de la ubicación y tipo de solicitante.

El plazo para la realización de las actividades subvencionables será como máximo de 12 meses desde la notificación de la resolución.