En marcha el nuevo seguro para indemnizar los daños del lobo al sur del DueroEstá a punto de concluir el plazo de petición de ayudas, para el año 2019, destinadas a la compra de ganado bovino, ovino y caprino que tenga por objeto la reposición de reses como consecuencia de su sacrificio en aplicación de programas sanitarios oficiales de enfermedades de los rumiantes.

Los beneficiarios pueden ser personas físicas o jurídicas y las comunidades de bienes, titulares de explotaciones de reproducción de ganado bovino, ovino y caprino, ubicadas en Castilla y León, que adquieran animales destinados a la reposición de los animales sacrificados en aplicación de programas sanitarios oficiales de enfermedades de los rumiantes, entre el 1 de septiembre de 2018 y el 31 de julio de 2019.

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 30 de agosto de 2019 para las compras de animales finalizadas en 2019.

Con estas ayudas se subvenciona la compra de animales de reposición por parte de titulares de explotaciones de reproducción de ganado bovino, ovino y caprino, ubicadas en Castilla y León:

  1. En las que se hubieran sacrificado con carácter obligatorio todos los bovinos, ovinos y/o caprinos existentes en la explotación, como consecuencia del vaciado sanitario ordenado derivado de pruebas oficiales de la campaña de saneamiento ganadero, o en las que se hubieran sacrificado y destruido animales de forma preventiva como consecuencia de los programas de control y vigilancia de las encefalopatías espongiformes transmisibles (EET).
  2. En las que, estando situadas en Zonas de Especial Incidencia, se hubieran sacrificado parte de las reses como consecuencia de las actuaciones derivadas de las campañas de saneamiento ganadero para la enfermedad por la cual se declara la Zona de Especial Incidencia.
  3. En las que se haya efectuado el sacrificio obligatorio de parte de los efectivos existentes en la explotación, por estar sometidas al programa de erradicación de tuberculosis caprina o a cualquier otro programa sanitario oficial para rumiantes, en los supuestos determinados por la administración competente.
  4. En las que se hubiera efectuado el sacrificio obligatorio de todos o parte de los animales de la explotación por motivos epidemiológicos graves, en los supuestos determinados por la administración competente.

Las explotaciones de reproducción y los animales de las especies bovina, ovina y caprina destinados a reponer los animales sacrificados deberán cumplir una serie de requisitos generales y otros específicos según especie.

El importe máximo de las ayudas será el siguiente:

  1. Hasta 450 euros por animal adquirido de la especie bovina de aptitud lechera, con una edad comprendida entre 24 meses y 5 años.
  2. Hasta 390 euros por animal adquirido de la especie bovina de aptitud cárnica, con una edad comprendida entre 24 meses y 8 años.
  3. Hasta 270 euros por animal adquirido de la especie bovina de aptitud lechera, con una edad comprendida entre 12 y 24 meses.
  4. Hasta 225 euros por animal adquirido de la especie bovina de aptitud cárnica, con una edad comprendida entre 12 y 24 meses.
  5. Hasta 100 euros por animal adquirido de la especie caprina de aptitud láctea.
  6. Hasta 70 euros por animal adquirido de la especie ovina de aptitud láctea.
  7. Hasta 25 euros por animal adquirido de la especie ovina y/o caprina de aptitud cárnica.
  8. Hasta 150 euros por macho ovino adquirido homocigoto (ARR-ARR)

En el supuesto de que los animales adquiridos se hallen inscritos en un Libro Genealógico de la raza correspondiente, la ayuda se incrementará en un 25%. En todo caso, el montante máximo de la ayuda no podrá exceder el 50% de la inversión subvencionable justificada mediante factura.

Fuente: SS.TT. ASAJA CyL