Atención a socios en la oficina de ASAJA-Salamanca

De cara a la presentación de la Solicitud Única de 2019 las Administraciones competentes han realizado una serie de modificaciones que los beneficiarios de estas ayudas deben tener en cuenta a la hora de solicitarlas. A continuación, se ofrece un informe sobre estos cambios, elaborado por los Servicios Técnicos de ASAJA Castilla y León.

En esta convocatoria experimentan algunos cambios las ayudas asociadas: 

  • En las ayudas asociadas a las proteaginosas se elimina la obligación de disponer de una prueba de venta o suministro a terceros de la producción, o una prueba de autoconsumo. Por el contrario, se excluyen específicamente de la ayuda las superficies destinadas a la obtención de semillas con fines comerciales.
  • En las ayudas asociadas a la ganadería, además de introducir dos definiciones:
    • “jóvenes ganaderos: aquellos que cumplan los requisitos del pago para jóvenes agricultores, así como aquellos que, no teniendo derecho a percibir el régimen de pago básico o no solicitando dicha ayuda, cumplen el resto de requisitos establecidos para el pago para jóvenes agricultores”
    • “ganadero que comienza su actividad: aquél que cumple las condiciones para el acceso a la reserva nacional, así como ganaderos que sin solicitar derechos de pago básico de la reserva nacional, cumplen el resto de requisitos establecidos para el acceso”

Se cambian las condiciones de mantenimiento de la titularidad de las explotaciones para el cobro de las ayudas asociadas a la ganadería, en cuanto a la fecha de determinación de la elegibilidad de los animales en los casos de cambio de titularidad de explotaciones ganaderas que se hayan producido antes del fin del plazo de modificación de la solicitud única. Será el nuevo titular quien cobrará la ayuda por todos los animales presentes en la explotación, independientemente de que la titularidad de los animales en esas fechas sea del nuevo o del anterior titular.

  • Aquellos jóvenes ganaderos y los ganaderos que comienzan su actividad, que se incorporen en una explotación ganadera con posterioridad al 1 de enero, y soliciten las ayudas asociadas para las explotaciones que mantengan vacas nodrizas y para las explotaciones de vacuno de leche, los animales con derecho al cobro serán los animales elegibles presentes en la explotación a fecha de 30 de abril. Los que pidan las ayudas asociadas para las explotaciones de ovino y caprino, los animales con derecho al cobro serán los animales elegibles presentes en la explotación según la última declaración censal disponible a fecha final de plazo de modificación de la solicitud única.
  • En las ayudas asociadas al ovino y caprino, en los casos de inicio de actividad y cambios de titularidad que se realicen después del 1 de junio del año anterior al de la solicitud, la revisión del cumplimiento de los umbrales mínimos de producción (movimiento de corderos o producción de litros de leche), se prorrateará en función del número de meses en los que el solicitante haya ejercido la actividad.