La Junta de Castilla y León ha aprobado un plan de control y vigilancia intensificada frente a la enfermedad de Newcastle (EN), estableciendo una Zona de Restricción Adicional (ZRA) que amplía el ámbito de las medidas preventivas y de control sanitario en varias provincias de la comunidad.

La medida, publicada hoy mediante la Resolución de 31 de julio de 2026 de la Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera, responde a la evolución epidemiológica de la enfermedad y a la aparición de focos en las provincias de Valladolid, Zamora, Ávila y Salamanca, así como a la elevada densidad de explotaciones avícolas y a las relaciones epidemiológicas existentes entre ellas. 

La nueva ZRA amplía el perímetro de vigilancia más allá de las zonas de protección y vigilancia establecidas alrededor de cada foco, definida por los perímetros de 3 km (protección) y 10 km (vigilancia) alrededor de los focos, incorporando las Unidades Veterinarias colindantes para reforzar el control sanitario en las principales áreas avícolas afectadas. En estas zonas se intensificarán los controles de movimientos, las auditorías de bioseguridad, la vacunación obligatoria frente a Newcastle y la vigilancia epidemiológica de las explotaciones, con posibilidad de realizar inspecciones y tomas de muestras para detectar precozmente nuevos casos.

La Zona de Restricción Adicional (ZRA) establecida incluye las Unidades Veterinarias de Arévalo y San Pedro del Arroyo (Ávila); Cantalejo, Carbonero el Mayor, Cuéllar y Santa María la Real de Nieva (Segovia); Peñaranda de Bracamonte (Salamanca); Medina del Campo, Olmedo, Peñafiel, Tordesillas y Valladolid (Valladolid); y Toro (Zamora).

 

Restricciones a los movimientos y refuerzo de la vigilancia

Entre las principales medidas destacan:

  • Restricción de movimientos de aves vivas desde las zonas afectadas, priorizando el envío directo a matadero y bajo control veterinario.
  • Controles específicos sobre explotaciones consideradas de mayor riesgo epidemiológico.
  • Realización de encuestas de bioseguridad en granjas avícolas para verificar el cumplimiento de los protocolos sanitarios.
  • Vigilancia activa basada en datos de mortalidad, consumo de agua y pienso, rendimiento productivo y otros indicadores sanitarios
  • Intensificación de la vacunación y exigencia de programas vacunales adecuados para las aves que entren en la ZRA. 

La reposición de aves en explotaciones situadas dentro de la ZRA quedará condicionada al cumplimiento de los requisitos de bioseguridad y a la autorización previa de la autoridad competente.

Medidas para explotaciones de autoconsumo y aves de recría
 

La resolución también contempla medidas específicas para las explotaciones de autoconsumo y suspende temporalmente las actividades de venta directa y circuitos cortos de comercialización en las zonas de restricción mientras permanezcan vigentes las medidas sanitarias derivadas de los focos de enfermedad declarados. 

Además, se prohíbe la venta de aves de recría a explotaciones de autoconsumo en zonas restringidas y se suspende la repoblación de estas explotaciones hasta el levantamiento de las medidas sanitarias.

La Consejería insiste en la importancia de extremar las medidas de bioseguridad, comunicar cualquier sospecha sanitaria y colaborar con los Servicios Veterinarios Oficiales para garantizar una detección temprana de posibles nuevos focos.

Para más información, consulta BOCyL

Actualización de la situación de la enfermedad en Castilla y León