En el BOE del pasado sábado el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones publica una orden por la que se dictan normas para la aplicación de las medidas de Seguridad Social en las zonas afectadas gravemente por una emergencia de protección civil como consecuencia de la borrasca «Filomena».

Las medidas contenidas en esta orden serán de aplicación en las siguientes comunidades autónomas:

  1. a) Andalucía, Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla y León, La Rioja, Madrid, Navarra y Principado de Asturias, declaradas como zonas afectadas gravemente por una emergencia de protección civil en el apartado primero del Acuerdo del Consejo de Ministros de 19 de enero de 2021, en atención a los daños sufridos por la tormenta de nieve generada por la borrasca «Filomena».
  2. b) Canarias, Cantabria, Cataluña, Comunidad Valenciana y Región de Murcia, respecto a las que se ha extendido la declaración como zonas afectadas gravemente por dicha emergencia.

Estas medidas se concretan en lo siguiente:

  • Se exonera a las empresas del abono de las cuotas de la Seguridad Social en los casos de suspensión de contratos de trabajo o de reducción temporal de la jornada de trabajo que tengan su causa directa en la emergencia declarada.
  • Las empresas y los trabajadores por cuenta propia pueden solicitar, previa justificación de los daños sufridos, una moratoria de hasta un año sin interés en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a tres meses naturales consecutivos.

Quienes tengan derecho a los anteriores beneficios y hayan satisfecho las cuotas correspondientes a la exención o a la moratoria podrán pedir la devolución de las cantidades ingresadas.

Las solicitudes podrán presentarse hasta el 31 de agosto en la Sede electrónica de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones.

BOE