Medio Ambiente ha prorrogado una semana más, desde el 30 de julio al 5 de agosto, la situación de alerta ya vigente en los últimos días. La última resolución prolonga medidas en lo referente al riesgo de incendios forestales en montes y los 400 metros que los circundan.

Así, se puede cosechar y empacar en estas zonas de hasta 400 metros de monte, siempre y cuando no se superen los 30 grados de temperatura y 30 kilómetros/hora de intensidad del viento. No obstante, se recomienda posponer las labores no urgentes y mantener la máxima precaución. En todo caso, es necesario tener a mano los medios de extinción y el personal suficientes para controlar los posibles incendios que se puedan originar como consecuencia de la labor.

Para ASAJA, el problema principal es el concepto de “monte”, que es muy amplio, y comprende tanto áreas puramente arboladas como de matorral, por lo que ha solicitado la revisión de la actual Ley de Montes, vista su ineficacia desde el punto de vista de la gestión y la prevención de incendios.En el nivel de ALERTA por riesgo meteorológico de incendios en la Comunidad Autónoma, las medidas extraordinarias a adoptar son las siguientes:
– Prohibición del uso de barbacoas autorizadas.
– Prohibición del uso de ahumadores en la actividad apícola.
– Suspensión de todas las autorizaciones para el uso del fuego que se hayan otorgado.
– Suspensión de las autorizaciones para el lanzamiento de cohetes y artefactos de cualquier clase que contengan fuego, del uso de maquinaria en el monte y la franja de 400 m de terreno rústico que lo circunda cuyo funcionamiento habitual genere fuego, deflagración, chispas o descargas
eléctricas, tales como sopletes, soldadores, radiales, etc.
– Prohibición de uso en el monte de aperos arrastrados o suspendidos que se introduzcan en el suelo o que eliminen vegetación por roce, golpe o machaqueo, como gradeos, cultivadores o desbrozadoras de cadenas o martillos.
– Prohibición de uso en el monte, desde las 10:00 horas hasta las 22:00 horas, de maquinaria propulsada por cadenas y de aquella que utilice cadenas cubriendo los neumáticos.

Las empresas extremarán la precaución, contando con los medios necesarios para abordar la
extinción de cualquier conato de incendio que se pudiera producir a consecuencia de su actividad

Resolución Medio Ambiente: RESOLUCIÓN DECLARACION ALERTA 30 julio- 5agosto