Beneficia a 30 propietarios y solicitantes de las ayudas de la PAC 2025, con una inversión total de 186.906,49 euros destinada a recuperar infraestructuras esenciales para la actividad ganadera.

Beneficiarios

Estas ayudas se dirigen a propietarios y solicitantes de las ayudas PAC 2025 cuyas explotaciones resultaron afectadas por los incendios y tienen como finalidad garantizar la recuperación de infraestructuras necesarias para la protección del ganado y el manejo de explotaciones en régimen extensivo.

Gastos subvencionables y cuantía de la ayuda

La ayuda se calcula en función del tipo de daño sufrido por los vallados ganaderos. Los baremos establecidos son:

  • 6 euros por metro lineal para cerramientos con destrucción total.
  • 3 euros por metro lineal para cerramientos con destrucción parcial.
  • 750 euros por unidad en el caso de pastores eléctricos.

La cuantía mínima de la subvención es de 100 euros, mientras que la cuantía máxima por beneficiario se fija en 18.000 euros.

Determinación de la cuantía de la ayuda

Para calcular la cuantía de la subvención, en el caso de titulares de explotaciones agrarias incluidos en el anexo II que hayan presentado la correspondiente declaración responsable y que ya hayan sido beneficiarios de la ayuda mínima de 5.500 euros por su condición de agricultor o ganadero profesional, dicha cantidad se descontará del resultado obtenido al aplicar los baremos establecidos para la reposición de los cercados o vallados dañados.

Aceptación de la subvención

Los beneficiarios disponen de un plazo de diez días desde la notificación de la orden para comunicar la aceptación de la subvención.

En caso de no presentar la aceptación en ese plazo, se entenderá que renuncian a la ayuda.

Anticipo y pago de la ayuda

La resolución contempla la posibilidad de solicitar un anticipo del 100 % del importe concedido, una vez aceptada la subvención.

El pago se realizará en un único abono en la cuenta bancaria indicada por el beneficiario, sin necesidad de aportar garantías.

Plazo y forma de justificación

Los beneficiarios deberán ejecutar la reposición de los vallados dañados en un plazo máximo de 12 meses desde la comunicación de la concesión de la ayuda.

No se exige la presentación de documentación justificativa, aunque la administración podrá realizar inspecciones y controles posteriores para verificar la ejecución de los trabajos.

Consulta el listado de beneficiarios aquí: https://bocyl.jcyl.es/boletines/2026/03/09/pdf/BOCYL-D-09032026-46-8.pdf