La Junta de Castilla y León ha ampliado hasta el 5 de diciembre la solicitud de subvenciones destinadas al fomento del relevo en la actividad por cuenta propia en Castilla y León. El objetivo del programa RelevaCyL es propiciar la continuidad de negocios en funcionamiento que podrían cerrar las puertas por no tener relevo. Estas ayudas, que aumentan en el caso de negocios rurales y mujeres, no son compatibles con las de la PAC, están dirigidas a otros sectores económicos.
Será susceptible de subvención el relevo de los negocios establecidos en una localidad de Castilla y León, que quieran dar continuidad a una actividad empresarial cuyo titular cese por jubilación o causa asimilada. La convocatoria va dirigida a todos aquellos trabajadores autónomos que hayan formalizado el acuerdo de transmisión del negocio a lo largo de este año, en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 14 de noviembre de 2025, siempre que la actividad empresarial o profesional objeto del traspaso tenga al menos cinco años de antigüedad en el momento de la transmisión del negocio.
La Administración ha establecido una línea temporal más flexible entre el cese de la actividad del anterior titular y el reinicio por parte del nuevo autónomo, de modo que el nuevo titular dispone de un plazo de hasta cuatro meses para iniciar la actividad desde la fecha de baja del negocio transmitido. A
Se debe tratar de un negocio físico vinculado a un local o a una oficina donde se vaya a desarrollar al menos gran parte de la actividad, ubicado en Castilla y León, aunque se han incorporado como subvencionables las actividades ejercidas por los trabajadores autónomos que desarrollen su labor principal en un vehículo, cuando este esté vinculado directamente a la actividad económica declarada. No serán subvencionables los negocios digitales que únicamente cuenten con un alojamiento online.
La subvención mínima es de 10.000 euros que aumenta para mujeres y negocios rurales, hasta un máximo de 20.000 euros en algunos casos, y tiene carácter retroactivo a 1 de enero de 2025. En este sentido se establece un incentivo de 4.000 euros cuando la beneficiaria sea una mujer; un incentivo de 2.000 euros cuando el destinatario de la ayuda sea un joven de menos de 35 años; igualmente, se establecerá una ayuda adicional de 4.000 euros si la actividad se desarrolla en un municipio de hasta 1.000 habitantes o de 2.000 euros si lo hace en un municipio de 1.001 hasta 5.000 habitantes.
Estas ayudas son incompatibles con otras subvenciones de la propia Comunidad de Castilla y León, de otras Administraciones Públicas, de otros entes públicos o privados o de particulares nacionales o internacionales que tengan como objeto la misma finalidad. De igual manera, serán incompatibles con las ayudas destinadas a la mejora de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Comunitaria de España 2023-2027.
Requisitos
Serán beneficiarias de la subvención las personas trabajadoras autónomas que sucedan al titular de una actividad empresarial o profesional y que reúnan los siguientes requisitos en el momento de solicitar la subvención:
- a) Cotizar como persona física en el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o Autónomos (RETA) dentro del sistema de la Seguridad Social.
- b) Hallarse de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).
- c) Tener domicilio fiscal en Castilla y León.
- d) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- f) Estar empadronado en un municipio de Castilla y León.
Las solicitudes de subvención se formalizarán en el modelo previsto en la convocatoria, acompañadas de la documentación correspondiente y se presentarán de manera electrónica desde la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es.


