Se ha abierto un plazo extraordinario para solicitar la autorización del uso de SANDACH de explotaciones ganaderas para la alimentación de especies necrófagas

La Junta de Castilla y León ha habilitado un plazo extraordinario, hasta el 31 de diciembre de 2018, para solicitar la autorización del uso de SANDACH (Subproductos Animales No Destinados a Consumo Humano) de explotaciones ganaderas para la alimentación de especies necrófagas de interés comunitario, con la finalidad de adecuar las necesidades de alimentación de las mismas a la oferta de alimento en Castilla y León.

Esta autorización la pueden solicitar los propietarios o representantes de las explotaciones ganaderas que estén ubicadas en zonas declaradas de protección para la alimentación de especies necrófagas, que se publicaron por Resolución de 30 de mayo de 2013.

Las condiciones de ubicación, sanitarias y zootécnicas de las explotaciones que podrán acogerse a esta autorización, sin la previa recogida de los animales muertos cuando proceda, son las siguientes:

  1. Estar incluidas en alguno de los municipios de las zonas declaradas de protección para la alimentación de especies necrófagas de interés comunitario en Castilla y León (ZPAEN).
  2. Estar inscritas en el Registro Oficial de Explotaciones Ganaderas (REGA) en situación de alta.
  3. No desarrollar un aprovechamiento ganadero intensivo.
  4. Cumplir con la normativa en materia de ordenación, sanidad y bienestar animal que les sea de aplicación.
  5. Cumplir el programa de vigilancia de las encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales (EET).
  6. Estar sometidas a vigilancia periódica de los servicios veterinarios oficiales y cuenten con una calificación sanitaria que no suponga riesgo para la salud pública y la sanidad animal y estén sometidas a control y vigilancia de programas nacionales o autonómicos de control, erradicación o vigilancia de enfermedades.
  7. Tener establecido un sistema de gestión de cadáveres conforme a la legislación vigente en cada momento.

Anualmente, el período ordinario de presentación de solicitudes se abre entre el 1 y el 31 de enero, dando la posibilidad de abrir períodos extraordinarios, que se publicarán en el Boletín Oficial de Castilla y León, que se ha ejercido en los años 2016, 2017 y ahora en 2018.

Las explotaciones ganaderas autorizadas deberán mantener un libro de registro con, al menos, la identificación, la fecha del aporte y el peso estimado de los animales muertos que son utilizados para la alimentación de las especies necrófagas de interés comunitario y deberá estar a disposición de la autoridad competente en todo momento y durante tres años tras el último aporte.

Los propietarios serán responsables del adecuado depósito de los subproductos animales no destinados al consumo humano (SANDACH) en zonas concretas, con el fin de evitar riesgos para la salud pública y animal y del medio ambiente. Estarán alejados de cascos urbanos, instalaciones pecuarias, caminos, pistas forestales, carreteras, cursos de agua superficial o subterránea, comederos, bebederos o puntos de alimentación suplementaria del ganado, tendidos eléctricos, aerogeneradores, aeropuertos, aeródromos y cualesquiera otros que supongan riesgo para las personas y los animales.

Los propietarios serán responsables de adecuar los aportes al uso que las especies necrófagas de interés comunitario hagan de ellos y a las cantidades máximas autorizadas, así como de retirar los restos no consumidos si de la presencia de ellos se derivara un posible riesgo sanitario o medioambiental y estarán obligados a informar, antes del 31 de enero de cada año, de las actuaciones realizadas en el año natural anterior.